Reiteró que lo que se busca con las reformas, es fortalecer el sector eléctrico y darle al país una nueva dimensión
Foto: Archivo | Seguirá vigente el mecanismo de despacho de energía de las centrales eléctricas que opera actualmente  

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó los artículos más importantes de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador en la que privilegia a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en el despacho de energía eléctrica.

De esta manera, los ministros consideraron que la norma impugnada a través de una acción de inconstitucionalidad por senadores de oposición, seguirá vigente; no obstante que diversos artículos impugnados tuvieron un voto mayoritario por la inconstitucionalidad, pero sin alcanzar los ocho que requieren para hacer esta declaración legal.

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Ante ello, los jueces de amparo y tribunales de circuito tendrán libertad de criterio para recibir demandas y apegarse o no al criterio constitucional, incluso los que se consideren afectados podrán acudir a tribunales internacionales en casos particulares.

En el caso de los artículos transitorios 4to y 5to, que tienen que ver con la revocación de los permisos de autoabastecimiento y la revisión de los Contratos de Compromiso de Capacidad de Generación de Energía Eléctrica y Compraventa de Energía Eléctrica; siguen vigentes, toda vez que no se alcanzó la mayoría por la inconstitucionalidad.

El pleno de la Corte, también avaló la validez de los artículos 3, fracción XII (6 votos); 3 fracción XII Bis (6 votos); artículo 3 fracción XIV (6 votos); artículo 4 fracción I (8 votos); artículo 35 (10 votos); artículo 108 fracción V (9 votos) de la Ley de Industria Eléctrica.

En tanto, en los artículos 3 fracción V (6 votos); artículo 4 fracción VI (6 votos); artículo 26 (7 votos); artículo 53 (7 votos) y el artículo 101 (6 votos) y artículo 108 fracción VI y el 126 fracción II de la LIE fueron declarados inconstitucionales, pero al no alcanzar la mayoría calificada continuarán vigentes.

Ante ello, seguirá vigente el mecanismo de despacho de energía de las centrales eléctricas que opera actualmente, por lo que el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) dará prioridad a las plantas de la CFE.

Continuará vigente el despacho en orden a las hidroeléctricas; centrales de la CFE; a la energía eólica y solar de los particulares y finalmente a las centrales de ciclo combinado.

Debido a que las centrales de energías renovables y limpias no pueden satisfacer la demanda de electricidad del país, continuarán teniendo privilegio las plantas de la CFE.

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Sólo cuando sea técnicamente factible, se otorgará acceso abierto a la Red Nacional de Transmisión y las Redes Generales de Distribución en términos no indebidamente discriminatorios, cuando sea técnicamente factible.

Fueron cuatro ministros que votaron por avalar íntegramente el proyecto de la ministra Loretta Ortiz que planteó que las reformas impugnadas no son violatorias del contenido de los artículos 14,16, 25, 26, 27 y 28 constitucionales: Juan Luis González Alcántara Carrancá; Yasmín Esquivel Mossa; Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Loretta Ortiz Ahlf.

La ministra Norma Lucía Piña votó abiertamente en contra del proyecto.

El resto de los ministros: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea; Ana Margarita Ríos Farjat; Jorge Mario Pardo Rebolledo; Javier Laynez Potisek; Luis María Aguilar Morales y Alberto Pérez Dayán votaron de manera diferenciada, en favor de algunos artículos y en contra de otros.

OH