Foto: Especial | Diputados tomaron acciones por reformas aprobadas en el llamado “viernes negro”.
Foto: Especial | Diputados tomaron acciones por reformas aprobadas en el llamado “viernes negro”.  

Los grupos parlamentarios de Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), y de la Revolución Democrática (PRD) presentaron acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a las reformas a seis leyes que fueron aprobados por Morena y sus aliados en el llamado viernes negro con el que se cerró el pasado periodo legislativo.

En el documento entregado a la SCJN por los diputados Gabriela Sodi (PRD), Jorge Triana (PAN) y Marco Mendoza Bustamante (PRI) se detalla que los legisladores reclaman los cambios a la Ley Minera, a la Ley de Aguas Nacionales, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de concesiones para minería y agua, la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y de la Ley de Planeación, todas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 8 de mayo del 2023.

Sobre la Ley Minera se reclama la violación a derechos humanos, al Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT).

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A esta normatividad, junto con la Ley de Aguas Nacionales, la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, se consideran violaciones a la disposición en materia de consulta indígena, ya que en el proceso legislativo no se escuchó ni intervino comunidad indígena alguna.

El decreto nacionaliza la exploración minera y modifica las normas que regulan la explotación minera, a pesar de que el Congreso de la Unión no está facultado para nacionalizar industrias por medio de leyes.

La reforma, señala el documento, modifica la vigencia de las concesiones mineras, reduciéndolas de 50 a 30 años, y las prórrogas de 50 a 25 años, de conformidad con el artículo 15 de la reformada ley de minería.

Además, individualiza las concesiones al modificar el marco normativo respecto a los minerales que pueden ser sujetos a concesión.

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El decreto pretende arrogarle a la Secretaría de Economía la facultad de determinar los minerales que pueden ser explotados para cada concesión.

Otra de las irregularidades es que incorpora dos tipos penales, los cuales, considera la oposición, son disposiciones en blanco que permiten ser aplicados discrecionalmente.

Sobre los causales de revocación de la concesión aguas nacionales para minería, por hechos o actos supervenientes de interés público, general o social, o que causen algún tipo de desequilibrio económico, social, ambiental o de cualquier otra, no se indica cuáles son estas causales, por lo que resulta ambiguo.

Sobre la Ley de Ciencia y Tecnología, los partidos de oposición consideran que se violan 19 artículos de la Constitución, tres del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; dos de Convención Americana sobre Derechos Humanos; y dos de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Finalmente, el PRI, PAN y PRD, señalaron que se violó el debido proceso legislativo, el principio de representación y la libertad parlamentaria.