Foto: Cortesía Dos de los departamentos del número 130 de la calle Antonio Caso fueron invadidos recientemente  

Cuando falleció su papá, en 2015, doña Conchita heredó un terreno en la alcaldía Tlalpan, al igual que sus ocho hermanos; sin embargo, el predio fue invadido por un centenar de hombres y mujeres, quienes lo tienen ocupado hasta la fecha.

Es uno de los tantos casos de despojo registrados en la Ciudad de México, que desde 2016 registra más de 19 mil denuncias en la materia ante la Fiscalía General de Justicia (FGJ) local, como publicó 24 HORAS este lunes.

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En entrevista, el abogado penalista Juan Luis GómezJardón explicó que la ley federal contra la delincuencia organizada debería también incluir, en ciertos casos, el delito de despojo, como sería en el de doña Conchita.

“La Unión Tepito, Sindicato Libertad, la Asamblea de Barrios, entre otras organizaciones hacen de esa actividad algo preponderante y no se puede perseguir bajo el esquema de delincuencia organizada a pesar de que tiene todas las connotaciones… El delito de despojo no es considerado como grave por la ley, salvo que se cometan otro tipo de flagelos para ese propósito”.

Abundó que en su mayoría estas organizaciones operan en colonias de alta plusvalía como Polanco y Roma Norte, lo que les deja bastantes dividendos: “Hay muchos inmuebles que los rentan como viviendas y a ellos no les importa las formalidades de un contrato, están por encima de la ley”.

Por su parte, el también litigante penalista Jorge Olvera comentó que lo que aplica es el artículo 237 del Código Penal para la Ciudad de México.

“En esta materia se hace la carpeta de investigación que tarda de dos a cuatro meses para ejercer una acción contra los presuntos responsables, por vía civil tarda de seis meses a un año y medio… Tanto en materia civil o penal las víctimas tienen derecho a que los sentenciados del caso les paguen la asesoría jurídica privada”.

 

LEG