Desde llamados de atención por escrito hasta la suspensión definitiva en sus derechos escolares son algunas de las sanciones a aplicar a los estudiantes responsables de actos de discriminación y violencia de género en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP).

Para los trabajadores –académicos o no académicos– de la máxima casa de estudios de esta entidad, la sanción mayor llega a rescisión de la relación laboral, de acuerdo el contrato colectivo de trabajo vigente.

Además, la persona responsable deberá presentar al término de tres meses una constancia que acredite que cursa un taller, diplomado o actividad –de mínimo 20 horas– relacionado con concientizarla de su conducta y erradicar la práctica en la que incurrió.

Lo anterior forma parte de lo establecido en el Protocolo para la Prevención y Atención de la Discriminación y Violencia de Género, el cual busca atender las necesidades, generar un ambiente sano, así como investigar y sancionar todos los casos de acoso, abuso y agresiones de género.

El protocolo, presentado en noviembre de 2019, surge de nueva cuenta, luego de los hechos ocurridos en la UNAM, donde diversas facultades y escuelas universitarias mantuvieron un paro de actividades durante tres meses como medida contra el acoso sexual.

Hace unos días, el rector Esparza Ortiz publicó en su cuenta de Twitter el documento completo del Protocolo con la intención de informar a la comunidad universitaria de las instancias y autoridades competentes que deberán conocer, investigar, recomendar y sancionar las conductas contra las féminas al interior de la BUAP.

¿Cómo funciona?

Entre las acciones observadas se encuentran: el acoso en el trabajo, agresiones, bullying homofóbico, ciberacoso, discriminación, violencia contra las mujeres, docentes y ante la comunidad, así como si alguien ha sufrido una violación, con la finalidad de que se desarrollen actividades académicas y laborales de manera libre y armónica.

De acuerdo con el documento, el estudiante o docente que pretenda interponer alguna queja por conductas que constituyan probable discriminación y violencia de género deberán informar y denunciar los hechos inmediatamente a las instancias y autoridades universitarias.

LEG