Foto: Twitter @INAImexico El Comité Coordinador del SNA aprobó reducir el número de datos solicitados a los funcionarios públicos en sus declaraciones patrimoniales  

El Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) aprobó reducir el número de datos solicitados a los funcionarios públicos en sus declaraciones patrimoniales y de intereses, entre ellos información sobre sus cuentas financieras, además de que se rechazó hacer pública la información de familiares.

 

Durante la Segunda Sesión Extraordinaria 2019 del Comité se aprobó reducir el número de datos solicitados en el formato anterior, con el fin de reducir la carga administrativa derivado del manejo de la información que habrán de reportar los servidores públicos a nivel nacional.

 

Esto luego de que el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) pidió la no eliminación de datos del formato que se aprobó en septiembre de 2018.

 

La titular de la Secretaría de la Función Pública (SFP), Irma Eréndira Sandoval Ballesteros, dijo que lo central y lo elemental para la evaluación patrimonial y de conflicto de interés y el monitoreo del enriquecimiento ilícito se encuentran en los formatos ya aprobados. Por eso, consideró, en “lo que nos está solicitando el INAI es inútil agregar datos adicionales”.

 

El presidente del Comité Coordinador del SNA, José Octavio López Presa, dijo que “sí hay datos que se excluyen y que deberían estar, como las cuentas por cobrar y las cuentas por pagar del servidor público, es necesario para hacer el cuadro contable de su patrimonio y que se excluye del formato”.

 

En tanto el presidente del INAI, Francisco Javier Acuña, ejemplificó que en el caso de los fideicomisos está el nombre o identificador del fideicomiso pero no se considera la fecha de creación del mismo para ubicarla en tiempo y espacio, y la vigencia “más que inútil puede parecer prolijo”.

 

Por otro lado el Comité también rechazó por mayoría la publicidad de datos a terceros como los familiares directos, también propuesta por el INAI, que defendió que es preciso que esa publicidad sea más amplia a lo considerado en la configuración adicional.

 

“La publicidad de datos a terceros como cónyuge o equivalente, así como de los dependientes económicos del sector público, con las salvedades de la infancia, sí deben ser, como se trata de datos de terceros directos y tienen una referencia en el núcleo familiar, sí deberían ser públicos”, para despejar dudas del origen o del incremento de las fortunas, defendió el presidente del INAI.

 

Aseguró que en el pasado remoto y reciente “muchos parientes de servidores públicos, cónyuges, suegros, suegras, compadres, cuñados, se vieron involucrados en beneficios que no han quedado esclarecidos”.

 

Si bien esos datos sí se incluyen en la declaración, el INAI pide que se hagan públicos para que sean del escrutinio de la sociedad mexicana.

 

El tema no es menor, “en el caso mexicano hay funcionarios pobres y parientes muy ricos en términos de transmisiones de peculio o de transmisiones patrimoniales que es un punto que si se debe monitorear.

 

“El asunto es el escrutinio ciudadano, la gente ve que el funcionario público puede tener un coche muy austero, que esa es la condición que hoy le exige, pero puede ver que los hijos pueden traer coches de un nivel económico muy distinto”, según él.

 

Entre las modificaciones aprobadas respecto de los formatos aprobados por el Comité Coordinador del SNA en septiembre de 2018, destacan: se establecen tres formatos de declaración para los servidores públicos, mismos que habrán de ser presentados al inicio de su encargo, cada año sobre la modificación de su situación patrimonial y al concluir su encargo, cada uno con requerimientos específicos de información; anteriormente se planteaba un formato único.

 

Se incorpora la opción para que el servidor público indique, bajo protesta de decir verdad, que no le aplican ciertos rubros relacionados con datos patrimoniales y de conflicto de intereses, opción que no estaba disponible anteriormente.

 

Asimismo se establece que serán las autoridades de control interno dentro de cada poder y nivel de gobierno, además de aquellos de los órganos autónomos, quienes tendrán la facultad de interpretación administrativa de los formatos y de las normas e instructivo para su llenado y presentación.

 

Lo anterior con el fin de facilitar la aplicación de los formatos y poder dar respuesta a situaciones específicas que podrían no estar contempladas por lo dispuesto por el Comité Coordinador, facultad que anteriormente no se otorgaba a alguna institución de manera expresa.

 

Se modifica la segmentación de los servidores públicos para definir quiénes están obligados a presentar una declaración simplificada o bien aquellos que deberán presentar la declaración en su totalidad, siendo estos últimos aquellos que tengan un nivel igual o superior al de Jefe de Departamento.

 

 

fahl