En las mesas de negociación, previas al Congreso Nacional a finales de noviembre, las corrientes de este partido planean un cambio de estatutos que permita a ex presidentes perredistas poder ser electos, otra vez, como dirigentes del Partido de la Revolución Democrática (PRD).

 

Consejeros nacionales del sol azteca, consultados por 24 HORAS, detallan que el acuerdo está casi amarrado entre las tribus, como Nueva Izquierda e Izquierda Democrática Nacional, para –especialmente- abrir la puerta al líder moral de este partido, Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano, y que sea habilitado para dirigir al perredismo nacional en el periodo 2014-2017, tal como en la fundación del sol azteca (1989-1993).

 

Según los perredistas, Cárdenas es una figura neutral y vendría a poner orden y dar una legitimación del PRD, luego de que las alianzas electorales con Acción Nacional (PAN) y el Pacto por México fracturaran a este partido, ya que algunas expresiones rechazan los acuerdos políticos avalados por la actual dirigencia en manos de Jesús Zambrano Grijalva y su corriente, Nueva Izquierda.

 

El artículo del estatuto interno que se modificaría es el 107 –incluido en el Capítulo XXIV de disposiciones comunes para los órganos de dirección-, que a la letra dice: “Quien desempeñe el cargo de Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido, independientemente del carácter o denominación que haya tenido, no podrá desempeñarlo nuevamente aunque sea como substituto o en cualquier otro carácter”.

 

Cárdenas no sería el único ex presidente que podría beneficiarse de este cambio en los estatutos, también Jesús Ortega –líder de Nueva Izquierda o Los Chuchos– quedaría legible para participar en la contienda.

 

Antes del Congreso nacional que se llevará a cabo en Oaxtepec, Morelos, a finales de noviembre, el sol azteca “plancha” estos acuerdos.

 

Los otros cambios

 

Además de habilitar a los presidentes de los partidos para que puedan competir por la dirigencia nacional, existen otros dos planteamientos que también cambiarán los estatutos internos: el método de elección del presidente y secretario del Comité Ejecutivo Nacional (CEN), donde se plantea abrir esta elección a la militancia en voto directo; además otro punto es el cómo se armarían las planillas municipales, distritales y estatales para olvidarse de las planillas seccionales.

 

En las mesas de discusión –según los consejeros que pidieron anonimato por tratarse de un tema interno- también se traza la línea política que seguirá el Partido de la Revolución Democrática (PRD) con respecto a las alianzas partidistas en las próximas elecciones. Es decir, se discute si es válido volver a hacer alianzas electorales con los partidos Acción Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI).

 

Congreso en Oaxtepec

 

Con los acuerdos previos, las corrientes del PRD llegarán al Congreso Nacional para que solamente se someta a votación.

 

No obstante, para aprobar la modificación del estatuto del sol azteca, se deberá tener una votación de dos terceras partes de los asistentes al Congreso Nacional, es decir superior al 66.6% de los votos.

 

Para este acuerdo, de los 2 mil consejeros y congresistas perredistas que asistirán al evento en Morelos, se deberá tener la votación de al menos mil 332 asistentes para que los cambios al estatuto puedan concretarse.

 

La dirigencia nacional del PRD aún está por establecer el día preciso en que se llevará a cabo el Congreso Nacional. Tentativamente sería el 21, 22 y 23 de noviembre en Oaxtepec, Morelos; sin embargo, la fecha podría cambiar a 28, 29 y 30 de noviembre, una semana después de que sea votada la reforma energética.

Los ex presidentes del PRD:

 

Cuauhtémoc Cárdenas (1989-1993)

Porfirio Muñoz Ledo (1993-1996)

Andrés Manuel López Obrador (1996-1999)

Amalia García (1999-2002)

Rosario Robles (2002-2003)

Leonel Godoy (2003-2005. Interino, concluyó periodo de Rosario Robles).

Leonel Cota (2005-2008)

Jesús Ortega (2008-2011)

 

El Estatuto

Quien desempeñe el cargo de Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido (PRD), independientemente del carácter o denominación que haya tenido, no podrá desempeñarlo nuevamente aunque sea como substituto o en cualquier otro carácter