El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) debe informar cuántas órdenes de aprehensión, por delitos del fuero común y federal del periodo 2007-2012, están pendientes de ejecutarse, de acuerdo con la instrucción del pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).

 

Además, el SESNSP deberá especificar cuántas de esas órdenes de aprehensión corresponden por entidad federativa y año de origen, toda vez que en una primera instancia, a solicitud de un particular, el secretariado se declaró incompetente para atender la petición e incluso refirió que, para obtener dicha información se dirigiera al Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social de la Comisión Nacional de Seguridad. El requirente se inconformó con la respuesta.

 

El recurso de inconformidad fue turnado al comisionado presidente del IFAI, Gerardo Laveaga, quien impugnó la negativa del secretariado que -en un oficio de alegato- modificó su respuesta inicial y de plano declaró inexistente la información solicitada, e incluso orientó al particular a consultar la página electrónica de la Comisión Nacional de Seguridad Pública de la Secretaría de Gobernación.

 

Por ello, el pleno del IFAI revocó la inexistencia e instruyó al SESNSP una nueva búsqueda en el Sistema Único de Información Criminal (SUIC), particularmente en el Registro de Mandamientos Judiciales, y proporcione al recurrente lo solicitado.