La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó un amparo al diario La Jornada en contra de la resolución de un tribunal colegiado que determinó que por una nota publicada en contra del Colegio Green Hills, ese medio debía difundir la sentencia y ofrecer una disculpa pública a esa institución.

 

Los ministros que conforman la referida sala establecieron en su fallo relativo al amparo en revisión 148/2012, que “la veracidad de la información que se difunde en medios periodísticos implica un límite o exigencia que no puede ser interpretado de modo absoluto”.

 

La sentencia sobre el litigio contra ese medio de comunicación, se refiere a una demanda promovida por los directivos de la escuela privada en contra de Demos, Desarrollo de Medios S.A. de C.V., por la publicación de la nota “Estalla escándalo laboral en el Colegio Green Hills”, la cual en opinión de directivos del colegio, contenía “injurias y difamaciones”.

 

Por lo tanto, la institución educativa demandó que ese periódico pagara la reparación del daño.

 

Tras analizar los argumentos y pruebas ofrecidas por ambas partes, el juez civil condenó a los demandados a publicar en el mismo diario los puntos resolutivos de la sentencia, así como una disculpa a la institución, y los absolvió del pago de indemnización en dinero.

 

Ambas partes se inconformaron e interpusieron diversos recursos contra esa resolución, entre ellos, el amparo en revisión  que ayer resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

 

Los argumentos del proyecto que aprobaron los integrantes de esa sala fueron que tanto la representación del periódico como el reportero que interpuso el amparo, no fundaron sus argumentos, ya que sólo reclamaron que el tribunal colegiado no había aplicado los fundamentos constitucionales sobre su derecho a la libertad de expresión.

 

“El tribunal colegiado sí partió de la interpretación constitucional para los temas de legalidad planteados en la demanda”, dijo la sala.