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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez de una parte de la Ley de Coordinación del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Tamaulipas, porque limitaba el acceso al registro de detenciones de la entidad.

Dicha legislación se invalidó porque el estado no tiene facultades para regular el sistema de detenciones.

Tras la impugnación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), la Corte determinó invalidar la fracción II del artículo 102 de la Ley de Coordinación del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Tamaulipas, reformada mediante decreto, publicado el 14 de abril de 2020.

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Dicha norma limitaba el acceso de los probables responsables y sus defensores a la información contenida en el Registro de Detenciones “estrictamente para la rectificación de sus datos personales y para solicitar que se asiente en el mismo el resultado del procedimiento penal”.

Se consideró que el Congreso local se extralimitó en sus facultades al establecer esa restricción, pues carece de “facultades para legislar en materia del Registro de Detenciones, lo cual es competencia del Congreso de la Unión”.

Hace unas semanas, la SCJN validó que las fuerzas armadas realicen detenciones y tenga acceso al Registro Nacional de Detenciones para subir la información de las personas que capturen.

El Pleno de ministros determinó la constitucionalidad de los artículos 19 y el quinto transitorio de la Ley Nacional del Registro de Detenciones.

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Los ministros discutieron la impugnación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), mediante el proyecto de sentencia de Javier Laynez Potisek, en el que avalaron que el Ejército debe informar de inmediato a las autoridades civiles sobre las detenciones que realicen, pero también puede realizar los registros por su propia cuenta.

Luis María Aguilar, Alberto Pérez Dayán y Norma Piña Hernández votaron en contra del proyecto. Al respecto, la ministra presidenta Piña dijo que quitar el carácter de obligatorio para que las Fuerzas Armadas informen de inmediato a la autoridad civil sobre detenciones, implica desconocer su papel de subordinados y de apoyo complementario.