Nullum crimen, nulla poena sine praevia lege, “ningún delito, ninguna pena sin ley previa”, es una premisa del derecho internacional que parece resumirse en una de las partes esenciales del proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, sobre la responsabilidad de la muerte de Federico Gertz en 2015.

La Sala penal responsable soslayó el principio de legalidad, en su vertiente de exacta aplicación de la ley penal, porque convalidó la existencia de una calidad de garante, a la que denominó “accesoria”, sin que se encuentre prevista en el artículo 16 del Código Penal para el Distrito Federal, ahora Ciudad de México”, se lee en el documento de Gutiérrez Ortiz Mena, donde se propone otorgar un amparo liso y llano a Laura Morán Servín y a Alejandra Cuevas Morán.

Y aquí surge una pregunta. Si para que una conducta sea calificada como delito debe estar establecida como tal en la ley, lo cual no era el caso, ¿por qué se reabrió una carpeta después de tres años?

De ahí la importancia de la votación de los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de este lunes sobre el caso, pues no solo sería un revés al Fiscal General de la República, sino que, cuando menos, provocaría una pregunta: ¿Cuál fue el papel de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México?

De acuerdo con testimonios obtenidos por esta columna, el presidente del Tribunal de la Ciudad de México, Rafael Guerra Álvarez, reconoció ante la familia Castillo Cuevas la complejidad del caso y la debilidad de las acusaciones con las que la FGJCDMX se llevó presa a Alejandra Cuevas en octubre del 2020, con un amparo de por medio, antes de que la Suprema Corte de Justicia atrajera el caso.

El reelecto titular del TSJCDMX Guerra Álvarez se habría reunido al menos en una ocasión con los hermanos Castillo Cuevas, quienes pidieron audiencia en su ponencia para exponer el caso de su madre; ahí, el magistrado habría comentado algo similar a lo que se plantea votar este lunes, que el deber de cuidado que se impuso a las acusadas excedía el límite de lo razonable, por lo que los señalamientos penales en su contra eran frágiles… Aun así se reabrió el caso sobre el que ya se había declarado el nulo ejercicio de acción penal.

La Jueza Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, Patricia Marcela Diez Cerda, fue la única autoridad que otorgó en mayo del 2021 un amparo de forma que requería solamente una ratificación de fondo de un tribunal colegiado para ordenar la libertad de Alejandra Cuevas; sin embargo, esa ratificación nunca se otorgó, por lo que hoy la acusada lleva 527 días recluida en el penal de Santa Martha Acatitla.

 

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Reacciones en el Congreso

Independientemente de cómo resulte la votación en el máximo tribunal, en el Congreso de la Ciudad de México se alista un llamado a comparecer por el tema para la fiscal Ernestina Godoy Ramos; en tanto, en el Consejo de la Judicatura iniciaría un procedimiento contra el magistrado presidente y los funcionarios que participaron en la acusación de este delito cuya base es una figura inexistente.

 

@chimalhuacano