Pruebas de laboratorio, Cofece
Foto: Pixabay La Cofece impuso una multa por 626 millones 457 mil 527 pesos a 11 empresas y 14 personas físicas, por colución en licitaciones del IMSS e ISSSTE  

El pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) impuso una multa por 626 millones 457 mil 527 pesos a 11 empresas y 14 personas físicas, por colución en licitaciones de servicios integrales de estudios de laboratorio y banco de sangre, que convocaron el IMSS y el ISSSTE.

Las empresas multadas son: Selecciones Médicas (Seme), Selecciones Médicas del Centro (Semece), Centrum Promotora Internacional (Centrum), Impromed, Hemoser, Instrumentos y Equipos Falcón (Falcón), Dicipa, Grupo Vitalmex (Vitalmex), Vitalmex Internacional, Vitalmex Administración y Vitalmex Soporte Técnico.

La Cofece determinó que las empresas y las personas físicas acordaron y/o intercambiaron información para coordinar la presentación o abstención de posturas en licitaciones convocadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Práctica monopólica absoluta, sancionada por la Ley Federal de Competencia Económica, al ser arreglos e intercambios de información entre agentes económicos competidores entre sí, con el objeto y/o efecto de coordinar posturas en licitaciones públicas.

La Comisión señaló que la realización de pruebas de laboratorio clínico o de laboratorio de bancos de sangre constituyen uno de los principales insumos para la atención de los derechohabientes, pues resultan indispensables para la detección y diagnóstico de enfermedades y la atención hospitalaria.

Al servicio de laboratorio acuden los pacientes que han sido enviados por un área médica a realizarse estudios para prediagnóstico, diagnóstico o seguimiento de algún tratamiento de cualquier especialidad.

Por su parte, el servicio integral de banco de sangre es necesario para que el personal médico de las instituciones públicas de salud obtenga datos que son utilizados como insumos de diversos procedimientos médicos, tales como cirugías, tratamiento de enfermedades hematológicas, pacientes con quemaduras, entre muchos otros.

En el expediente DE-011-2016, la Comisión acreditó que los agentes económicos establecieron un pacto de no agresión para, en lugar de competir, repartirse las partidas de 7 licitaciones convocadas por el IMSS y el ISSSTE en 2008, 2010, 2011 y 2015.

Con ese objetivo, sostuvieron intensas comunicaciones mediante correos electrónicos y llamadas telefónicas para convocar reuniones durante los días previos y posteriores a la presentación de sus posturas en dichos procedimientos.

En 2008, representantes del grupo de interés económico conformado por Seme y Semece, así como de Centrum, Hemoser, Impromed, Falcón y Dicipa acordaron repartirse las licitaciones lanzadas para prestar los servicios integrales de estudios de laboratorio en diversas delegaciones y Unidades Médicas de Alta Especialidad (UMAEs) del IMSS.

Esto a partir de la identificación de la capacidad instalada que cada uno tenía en las respectivas delegaciones, de tal forma que cada miembro se quedara con aquella en la que tuviera mayor capacidad para surtir esa plaza.

Para obtener la asignación, el que sería el ganador establecía el precio a ofertar, a partir del cual el resto de los participantes presentarían una propuesta perdedora con un precio mayor, se abstendrían de participar o harían que su propuesta técnica resultara insolvente omitiendo la entrega de la carta compromiso.

Esta práctica anticompetitiva generó un daño a las finanzas de ambos institutos estimado en más de mil 200 millones de pesos, resultado de los sobreprecios –para algunas pruebas este fue de hasta 58.8%– que pagaron a lo largo de diez años el IMSS y el ISSSTE.

La conducta ilegal eliminó la posibilidad de que los institutos de salud pudieran ocupar dichos recursos para mejoras de sus unidades médicas, en la contratación o capacitación de su personal de salud, o en la operación cotidiana de los centros de salud. Por lo tanto, los acuerdos actuaron en detrimento de la calidad de los servicios médicos a los que pudo acceder la población derechohabiente, por lo que se considera que esta colusión es una conducta grave.

Ante ello, el Pleno de la Comisión determinó sancionar a los participantes de la colusión –11 empresas y 14 personas físicas— con multas que en conjunto ascienden a 626 millones 457 mil 527 pesos, que son las máximas que se pueden imponer en función de lo que marca la ley de competencia y de la capacidad económica de los sancionados.

De acuerdo con la ley de adquisiciones vigente, la Cofece no tiene la facultad legal de limitar o inhabilitar la participación de ninguna empresa que haya sido sancionada o esté siendo investigada por esta autoridad en procesos de contratación pública.

En este sentido, dado que la resolución acredita la participación de las empresas en la práctica anticompetitiva, el Pleno también ordenó notificar este asunto, para los efectos legales que resulten procedentes, a la Secretaría de la Función Pública, así como al IMSS y al ISSSTE.

Una vez que se ha notificado a las partes, los agentes económicos sancionados tienen el derecho de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la legalidad de la actuación de la Cofece.

 

fahl