Foto: Cuartoscuro Incluye como medida de seguridad el retiro de equipos o infraestructura y la prohibición de uso de materiales o residuos peligrosos que puedan causar un desequilibrio ecológico  

El Senado de la República, aprobó con 103 votos a favor, poner en marcha las prohibiciones que establecen los tratados internacionales en materia de compuestos orgánicos persistentes sobre el uso y tratamiento de los bifenilos policlorados (PCBs, por sus siglas en inglés).

De esa manera, se incluyen las definiciones de “bifenilos policlorados” y “contaminante orgánico persistente” en el artículo 3° de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; y establece procesos tecnológicos que contribuyan a la reducción, desincorporación, manejo adecuado y destrucción de los mismos.

Además, incluye como medida de seguridad el retiro de equipos o infraestructura y la prohibición de uso de materiales o residuos peligrosos que puedan causar un desequilibrio ecológico, daño o deterioro grave a los recursos naturales o repercusiones peligrosas para los ecosistemas, sus componentes y la salud pública.

El dictamen explica que los PCBs son una familia de 209 compuestos químicos que están formados con dos a 10 átomos de cloro unidos a bifenilos, que es una molécula conformada por dos anillos de benceno.

Por sus características se utilizan para la elaboración de una amplia gama de productos industriales y de consumo, como fluidos dieléctricos y refrigerantes, ya que son resistentes al fuego, muy estables, no conducen electricidad y tienen baja volatilidad a temperaturas normales.

Sin embargo, la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA, por sus siglas en ingles), ha señalado que este compuesto causa una serie de efectos a la salud, toda vez que en diversos estudios que se han realizado en animales, se ha demostrado que éstos pueden causar cáncer, así como otros efectos severos en el sistema inmunológico, reproductivo, nervioso y endocrinológico, entre otros.

Es por ello que, desde 1979, fue prohibida la producción del químico por el Congreso de los Estados Unidos, y posteriormente en el 2001 en el “Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes” fueron incorporados como Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP).

No obstante, aunque México cuenta con una sólida regulación, sólo contempla el tratamiento, manejo y disposición final de material contaminado, pero no contempla la prohibición y eliminación de su uso, conforme a lo dispuesto en el “Convenio de Estocolmo”; el cual fue ratificado por el Poder Ejecutivo Federal y aprobado por el Senado de la República el 3 de diciembre de 2002.

Al presentar el dictamen a nombre de la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, la senadora Merced González, indicó que esta iniciativa tiene como base la preocupación sobre la salud de la población y la protección al medio ambiente.

Al respecto, la senadora Alejandra del Carmen León Gastélum, del Partido del Trabajo, señaló que estas sustancias son una amenaza para la salud humana y el equilibrio ambiental. “Es labor de las senadoras y los senadores actualizar los marcos normativos para proteger los derechos humanos de manera progresiva”, aseguró.

El dictamen fue devuelto con modificaciones a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

 

aarl