En el anteproyecto de modificaciones a la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, que presentará hoy el Ejecutivo Federal al Senado de la República, se incrementa el catálogo de delitos por los cuales podrá ser ingresado a un Centro de Internamiento un menor de edad.

El documento establece que los niños y adolescentes podrán ser internados por los delitos de extorsión, contrabando; feminicidio, defraudación fiscal; así como la expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados; robo a casa-habitación; robo a transporte de carga en cualquiera de sus modalidades; delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, así como delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos.

Además, se establece un régimen especial para adolescentes: “Tratándose de menores imputados cuya franja esté comprendida entre mayores de 16 y menores de 18 años que participen en conductas de delincuencia organizada, se observarán las disposiciones contenidas en la Ley Nacional (en la materia), el Código Penal Federal y el Código Nacional de Procedimientos Penales en lo que no contravengan las disposiciones de esta Ley”.

La participación en pandilla o asociación delictuosa también serán tomadas en cuenta por la autoridad judicial para aplicar las medidas correspondientes por la comisión de conducta tipificada como delito.

Entre las reformas constitucionales destacan el otorgar al Congreso de la Unión la facultad para expedir el Código Penal Nacional, y en él se establecerán como mínimo las reglas generales para la persecución de los delitos; los tipos penales que regirán a nivel nacional y sus sanciones, así como aquellos que conocerá de forma exclusiva la federación.

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