Foto: Especial El Ministro Presidente de la Primera Sala de la SCJN, Juan Luis González Alcántara Carrancá, afirmó que la jurisprudencia que ha establecido la primera Sala, evidencia su independencia  

Al rendir su primer informe de labores, el Ministro Presidente de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Juan Luis González Alcántara Carrancá, afirmó que la jurisprudencia que ha establecido la primera Sala, evidencia su independencia a través de sus resoluciones.

 

“Los precedentes muestran que es la interpretación de los derechos y de la Constitución lo que guía su actuación que ha resuelto y seguirá resolviendo conforme a criterios jurídicos sin importar el nombre del quejoso ni de la autoridad responsable”, destacó Ante el pleno del Alto Tribunal.

 

Alcántara Carrancá dijo estar convencido de que las decisiones del máximo tribunal de la nación, son un importante factor de paz al fomentar el entendimiento de grupos sociales, la seguridad de segmentos poblaciones en vulnerabilidad y la estabilidad de las relaciones jurídicas.

 

Informó que la Primera Sala de un total de 3,986 asuntos se resolvió tres mil 174 expedientes, cuyas resoluciones dieron lugar a 89 tesis jurisprudenciales y 123 tesis aisladas como criterios orientadores. Se concluyeron 621 asuntos pendientes.

 

Se emitieron 89 Tésis Jurisprudencia y 123 tesis aisladas, como criterios orientados. Por lo tanto, se produjeron 212 nuevos criterios.

 

“El objetivo es claro, propiciar seguridad jurídica y estabilidad al cuerpo de precedentes. Los números anteriores, sin embargo, son números fríos, son números ásperos, son números inexpresivos. Marcan la actividad de precedentes de la Primera Sala, pero no describen su contenido, su voluntad garante, más que números”, expresó el ministro Alcántara Carrancá.

 

Además, indicó que para generar certeza jurídica sobre los asuntos resueltos, se implementó el Programa de Contradicción de Tesis de la Primera Sala, herramienta que informa a los operadores jurídicos sobre las contradicciones de tesis pendientes de resolución y las que han sido resueltas, así como los criterios prevalecientes, para proporcionar seguridad jurídica y estabilidad al cuerpo de precedentes.

 

Dijo que en el ámbito penal se generaron lineamientos para lograr una defensa adecuada en favor del inculpado; se establecieron algunas pautas en torno a la intervención de las víctimas en el proceso penal y se refrendó su derecho a la verdad y la justicia, la que debe garantizarse con una investigación diligente, exhaustiva e imparcial, con especial intensidad en el caso del contexto de violencia estructural contra las mujeres.

 

 

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