La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) evitó el ingreso al país de plaga forestal de importancia cuarentenaria, al detectar un embarque de madera de pino (Pinus radiata) procedente de la República de Chile, que pretendía ser ingresado por la Aduana de Manzanillo, Colima.

 

Personal de esta Procuraduría, al verificar las condiciones del cargamento en el Puerto Interior de Manzanillo, observó trece contenedores con madera aserrada verde de pino en tablones, atados y flejados a polines, con la marca de fumigación de origen.

 

 Al realizar la inspección, se localizaron insectos muertos sobre los atados y en el piso de los contenedores, por lo que se solicitó que se inmovilizara el cargamento con la materia prima forestal y se procedió a la colecta de ejemplares para enviar dichas pruebas al Laboratorio de Análisis y Referencia en Sanidad Forestal de la Dirección General de Gestión Forestal de la SEMARNAT, para el dictamen técnico en el que se determine si la plaga es de carácter cuarentenario.

 

El dictamen técnico arrojó como resultado que los insectos pertenecen a los géneros Hylurgus Ligniperda, Hylastes ater y Orthotomicus laricis, especies no presentes en México (situación que la convierte en cuarentenaria).

 

Aun cuando todos los insectos se encontraron muertos, se ordenó, como medida de seguridad, la fumigación con 48 gr/m3 de Bromuro de Metilo, con periodo de exposición de 24 horas, para su posterior liberación a fin de que continuara su trayecto hasta llegar a su destino.

 

Cabe referir que este insecto es un descortezador, que en origen ha causado graves daños a los bosques de coníferas principalmente.

 

 La Norma Oficial Mexicana NOM-016-SEMARNAT-2013, que regula sanitariamente la importación de madera aserrada nueva, define como plaga cuarentenaria aquella “de importancia económica potencial, para el área en peligro, aun cuando la plaga no existe o, si existe, no está extendida y se encuentra bajo control oficial”.

 

Con estas acciones del programa de inspección ambiental en puertos, aeropuertos y fronteras, se impide el ingreso de productos forestales que presentan plagas y/o enfermedades y que constituyen situaciones de grave riesgo para la sanidad de los ecosistemas forestales del país y además, se evita que se presenten grandes pérdidas naturales y económicas.

dpc