Por mayoría de siete votos, la Suprema Corte de justicia de la Nación (SCJN) concedió el amparo liso y llano a cinco exmandos de la Secretaria de Seguridad Pública capitalina implicados en el caso New’s Divine.

 

El alto tribunal de México consideró que la Sala del Tribunal Superior de Justicia del entonces Distrito Federal llevó a cabo una indebida valoración de las pruebas y, consecuentemente, de los hechos, lo que se tradujo en una notoria insuficiencia probatoria para tener por acreditada la responsabilidad penal de los quejosos en la comisión del delito de ejercicio ilegal del servicio público.

 

El proyecto elaborado por el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea señala que del análisis de los elementos de prueba que obran en el expediente puede afirmarse que en efecto lo que ocurrió fue una deficiente e incorrecta planeación del operativo, bien sea porque no existió orden de operaciones alguna, que estableciera las funciones, acciones específicas y responsabilidades de cada una de las unidades y sectores involucrados.

 

“No hay certeza sobre la existencia de la orden general de operaciones de forma previa a la realización del operativo o en caso de haber existido de una adecuada organización y diseño de la ejecución de la misma”, expone.

 

Asimismo, señala que del análisis, la mayoría de los sujetos que participaron en el operativo ni siquiera sabían a donde se dirigían o qué funciones realizarían, mucho menos cuestiones de suma importancia como cuántas personas se encontraban dentro del establecimiento, cuál era la geografía del lugar o qué problemáticas podrían presentarse y en su caso como deberían de ser atendidas.

 

En relación con la planeación del operativo de esa discoteca, se afirma que existieron grandes omisiones de las autoridades capitalinas, entre las que destacan el no establecimiento de un plan de acción o medidas destinadas a la prevención y control de emergencias durante él operativo.

 

Asimismo, “determinación de técnicas de operación adecuadas para causar el menor daño a los adultos y menores de edad que se encontraban dentro del establecimiento”, verificación previa del lugar y de los factores técnicos circunstanciales de posibles riesgos y complicaciones que podían presentarse durante la operación policial y, por último, un incorrecto reclutamiento por elementos policiales para la ejecución de la orden.

 

Los exmandos y directivos a quienes se les concedió el amparo son Alejandro Garniño Tejeda, exjefe del sector Pradera y premiado dos veces como policía del año; Angel Muñoz Rico, exjefe del sector Cuitláhuac y José Jiménez López, exjefe del sector Cuchilla.

 

También, Sergio Figueroa Hermandez, exjefe del sector Clavería, y Juan Manuel García Chávez, exrector regional en la zona Aragón.

 

 

JMSJ