Ante la apertura de cargos de elección popular en la Ciudad de México y el principio de paridad de género con el que los partidos políticos tienen que integrar sus listas de candidatos, el Partido Acción Nacional (PAN) abrirá las suyas, incluso, para quienes no sean militantes, afirmó su presidente en la capital Mauricio Tabe.

 

Desde inicios de mayo, los blanquiazules abrieron un registro para simpatizantes que estén interesadas en contender por una diputación local, federal, senaduría, alcaldía, concejal e incluso, para la Jefatura de Gobierno.

 

El reto es enorme, tenemos que cubrir más de 250 candidaturas (la mitad deberá ser) encabezadas por mujeres, en muchos casos hay muy baja participación de las mujeres como candidatas aun cuando son las que más participan en las campañas y más se involucran en las actividades vecinales. Tenemos de manera anticipada que hacer el llamado de que el partido está abierto, sean o no militantes”, dijo en entrevista con 24 HORAS.

 

Xavier Rodríguez

 

Sin embargo, el abanderarse con Acción Nacional sólo ha generado, en cuatro meses, el interés de 35 mujeres, de las cuales 24 son militantes y 11 simpatizantes. De esto, el presidente del partido no quiso adelantar nombres por protección de datos personales, pero acotó que actualmente, ninguna de ellas está en algún cargo de elección popular; es decir, todavía no saltan las “chapulines”.

 

Tabe señaló que este proceso previo sólo se trata de un “llamado a misa”, pues únicamente se les solicita un currículum vitae para observar perfiles, pero no se establece ninguna especie de registro, pues éste comenzará en octubre, una vez aprobada la convocatoria del partido y que inicie el año electoral.  

 

No necesariamente de esos tiene que salir la candidata, puede ser que lleguen muy buenas candidatas, no por entregar un documento van a tener la candidatura. No tengo la menor duda que una vez que salga la convocatoria, muchas militantes se van a anotar”, estimó.

 

El artículo 27 de la Constitución de la Ciudad de México, en su apartado B, establece como obligatoriedad la paridad de género en la designación de candidaturas, mientras que el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales especifica que ésta deberá cumplir al integrar las listas con mitad hombres y mitad mujeres, para las diputaciones locales por la vía plurinominal, uninominal y las planillas de las alcaldías.

 

caem