La iniciativa por la que se expide la Ley General para el control de cannabis y que será presentada este jueves por el presidente del Senado, Roberto Gil Zuarth ante el Pleno,  propone gravar la venta al público de mariguana.

 

El documento establece incluir los productos elaborados con cannabis dentro de la ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS) y que este impuesto sea combinado con un ad valorem. Esto es, fijar una tasa del 15% al valor de cada paquete autorizado para uso personal y a cualquier producto derivado, cuyo contenido sea igual a 1% de la sustancia. Además se añadiría el pago de un peso por cada gramo adicional de cannabis contenido en dichos productos.

 

También se propone regular el uso personal de la cannabis a través de la creación de un mercado no competitivo controlado por una empresa distribuidora única del Estado CANNAMEX, que sería la encargada de comprar la producción de los campesinos para sustraerlos del control de cárteles. Y garantizaría los estándares de calidad para el consumo personal y los usos farmacéuticos, médicos y terapéuticos.

 

La iniciativa señala que el organismo regulador denominado Instituto Mexicano de la Cannabis (IMCANN), sería el encargado de investigar o controlar la investigación sobre los usos médicos y terapéuticos de ese producto. Además de establecer las concentraciones de THC y otros cannabinoides permitidos para la venta al menudeo en los establecimientos autorizados.

 

En el título sexto de la Ley propuesta, especifica sanciones administrativas que podrían ir desde una amonestación con apercibimiento, hasta multa, suspensión temporal o definitiva, trabajo en favor de la comunidad y arresto hasta por 36 horas a quienes no cumplan lo establecido en la Ley.

 

De ahí que aquellos que consuman cualquier producto de cannabis en espacios públicos, o conduzcan cualquier vehículo o maquinaria peligrosa bajo el influjo del tetrahidrocannabidol o consuman en vehículos de servicio público, individual o colectivo, se harán acreedores acreedores a una multa de hasta 100 Unidades de Medida y Actualización (UMA).

 

Habrá multa de hasta diez mil UMAs para aquellos que distribuyan la planta o cualquiera de sus productos; los vendan sin el empaquetado del IMCANN, proporcionen cannabis de cualquier forma a menores de edad o realicen publicidad de los productos a base de esa sustancia.

 

Si hay reincidencia las penas se agravan.