El Sistema Penal Acusatorio (SPA) está diseñado para favorecer los derechos de las víctimas y de los imputados.

 

Es un cambio de paradigma en el sistema legal mexicano en el que todos los ciudadanos son inocentes y es el fiscal quien deberá comprobar las imputaciones y no al contrario, como ahora en el sistema inquisitorio, en el que los inculpados son quienes deben comprobar su inocencia.

 

Se distingue porque hace diferencia entre acusar y juzgar, presume inocencia, da protagonismo a las víctimas y prioriza la reparación del daño, explicaron especialistas del Inacipe.

 

El 28 de febrero entró en vigor en la Ciudad de México y el Estado de México el SPA para la atención de delitos del fuero federal y el 18 de julio vence el plazo constitucional para que se aplique en todo el País.

 

La víctima, en el SPA, tiene derecho a que se le imparta justicia, a recibir asesoría jurídica, a que le preste atención médica y psicológica, a la reparación del daño, a la protección de sus datos personales, a coadyuvar con el MP, a solicitar las medidas cautelares y protección de los derechos humanos.

 

El imputado tiene derecho a la presunción de inocencia hasta que reciba sentencia, tiene derecho a ser informado de los hechos que se le imputan y a que le digan sus derechos, puede declarar o guardar silencio si lo desea en base al principio de no autoincriminación,  y la prisión preventiva será una medida cautelar excepcional.

 

Entre las diferencias más importantes destaca que el Sistema Inquisitivo plantea la consignación y el MP representa a la sociedad; el Acusatorio plantea resolver conflictos y si el delito no es grave, el imputado no debe ir a prisión y el fiscal es el que acusa.

 

Hasta ahora, la declaración de los testigos es clave en la consignación de un probable delincuente, pero en el SPA no es suficiente y el mayor valor lo tiene la investigación científica y pruebas recabadas que acrediten la culpabilidad. Por ello será necesario contar con buenos agentes investigadores y buenos fiscales, explicaron especialistas del Inacipe.

 

Arely Gómez González, titular de la Procuraduría General de la República, designó a Rommel Moreno Manjarrez la responsabilidad de la Unidad para la Implementación del Sistema Procesal Penal Acusatorio el pasado 25 de marzo de 2015. Ante el rezago su principal tarea ha sido intensificar las acciones tendentes a la operación del SPA porque aún falta infraestructura adecuada y capacitación de funcionarios.

 

Hoy son 15 entidades en las que se aplica el SPA para delitos federales, este 29 de febrero se suman nueve, en abril se añaden cuatro y las últimas cuatro deberán hacerlo el 1 de junio. Los estados con mayor atraso son Guerrero, Tamaulipas y Sonora.

 

Puntos clave

 

A partir de esta semana entra en vigor el Nuevo Sistema Penal Acusatorio en la Ciudad de México, aquí algunas de sus características.

 

-El fiscal debe probar la culpabilidad del imputado.

 

-Se prioriza la reparación del daño.

 

-La prisión preventiva será una medida cautelar excepcional.

 

-Si el delito no es grave, el imputado no deberá ir a prisión.

 

-El SPA tiende a resolver conflictos.

 

-En el SPA la declaración de los testigos no es suficiente; el mayor valor lo tiene la investigación científica y pruebas recabadas.