La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) aseguró con la información que ahora es del conocimiento público, el SAT cuenta con elementos suficientes para establecer una relación entre los recursos enviados al extranjero y los datos declarados por esas personas para efectos fiscales en México.

 

La legislación fiscal mexicana tiene los instrumentos y figuras legales necesarias para investigar a fondo los casos que se han dado a conocer, subrayó el ombudsman fiscal.

 

“Aun cuando el Acuerdo Multilateral firmado por México, a finales del año pasado que prevé un amplio intercambio de información financiera con 50 países, entrará en vigor hasta 2017, las autoridades competentes del SAT, con la información que ahora es del conocimiento público, tienen elementos suficientes para establecer una relación entre los recursos enviados al extranjero y los datos declarados por esas personas para efectos fiscales en México”, subrayó en un comunicado.

 

El organismo dijo que así se puede determinar si las cantidades que salieron del país debieron pagar el impuesto sobre la renta respectivo, si en ese caso tal impuesto fue efectiva y oportunamente pagado, y verificar cómo las personas físicas y morales que se encuentran en esos supuestos, obtuvieron tales recursos.

 

Indicó que los datos revelados se refieren a 2006 y 2007, y aunque la ley mexicana limita a cinco años la facultad de la autoridad fiscal para determinar el pago de impuestos omitidos, cuando no se declaran los ingresos gravados por el impuesto, el plazo puede subir hasta 10 años.

 

“Independientemente de que si esas cuentas continuaron vigentes en años posteriores, el fisco también puede investigar el pago de impuestos sobre los rendimientos provenientes de las mismas”.