Las comisiones de Derechos de la Niñez, Atención a Grupos Vulnerables, Derechos Humanos, Educación, Igualdad de Género y Estudios Legislativos Segunda del Senado, prevén reducir las sanciones impuestas a servidores públicos, instituciones y medios de comunicación que atenten contra los derechos de niñas, niños y adolescentes.

 

De acuerdo con el anteproyecto relativo a la iniciativa preferente del Ejecutivo federal -por el que se expedirá la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes-, las multas por contravenir en la nueva legislación decrecieron hasta en un 50% en algunos casos.

 

Por ejemplo, en la iniciativa preferente enviada por el presidente Enrique Peña Nieto se sugerían multas de hasta tres mil días de salario mínimo (cerca de 201 mil pesos) contra funcionarios públicos, instituciones y centros de asistencia social que no informen a las autoridades sobre la comisión de un delito en contra de menores, así como contra aquellos que pudiendo evitar una violación no intervengan. Sobre estos particulares, el Senado propuso una multa de mil 500 días de salario mínimo (unos 100 mil 500 pesos).

 

 

De igual forma, según el documento preliminar del dictamen que estará sufriendo a lo largo de hoy sus últimas modificaciones, a pesar de que el Ejecutivo federal contemplaba multas de hasta 140 mil días de salario mínimo (9 millones 380 mil pesos) contra concesionarios y medios de comunicación cuyos contenidos pongan en peligro y violen la intimidad de menores, o difundan entrevistas sin autorización, los senadores de las comisiones dictaminadores consideraron disminuir esta multa a un máximo de 30 mil días de salario mínimo (2 millones de pesos).

 

Adicionalmente, se determinó en el anteproyecto de dictamen, que en torno a este último delito los medios de comunicación serán infraccionados hasta con 7 mil salarios (y no 20 mil como lo propuso el Ejecutivo) por cada día que se difundan dichos contenidos. Además se estableció que la multa de los dos millones de pesos podría duplicarse en caso de que un medio de comunicación incurra en dos o más violaciones del mismo precepto durante el transcurso de un año.