El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer de manera oficial el primer listado definitivo en el que notifica a ocho empresas que emitieron facturas que amparan operaciones inexistentes, esquema de evasión conocido como “operación carrusel”.

 

Como lo adelantó Notimex el pasado 6 de julio, estas ocho empresas son Coini, Comercio Internacional Integral; Comercializadora Catania; Comercializadora Aberdeen; Cognotum Publicidad; Comercializadora y de Servicios Kiara; CAG Tecnología; Mírame y No Me Toques Publicidad y Administración y Proyección Corporativa.

 

En el documento publicado en el Diario Oficial, el SAT informa que pese a haber estado debidamente notificadas, estas empresas no desvirtuaron los hechos que se les imputaron durante el plazo legal previsto de 15 días y, por tanto, se encuentran definitivamente en la hipótesis de emitir facturas que amparan operaciones inexistentes.

 

Explica que estos contribuyentes emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.

 

El listado definitivo se publica tanto en la página de Internet del organismo fiscalizador y en el Diario Oficial a efecto de considerar, con efectos generales, que los comprobantes fiscales expedidos por dichos contribuyentes no producen ni produjeron efecto fiscal alguno.

 

Ello, señala, pues es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes, así como que la sociedad conozca quiénes son los contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones y que, no obstante estar debidamente notificados no comparecieron a deducir sus derechos ante la propia autoridad fiscal.

 

La publicación de estos listados se realiza con base en la nueva facultad que el Congreso de la Unión le dio al SAT, de conformidad con el Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF), como parte de la reforma hacendaria.

 

Así, a partir de enero de este año, el organismo ha publicado los datos -nombre, denominación o razón social y clave del RFC- de contribuyentes que se presume emitieron comprobantes fiscales que ampararon operaciones inexistentes.

 

El administrador general de Auditoría Fiscal Federal del SAT, José Genaro Ernesto Luna Vargas, confirmó el pasado 6 de julio que estas son las primeras ocho empresas a las cuales el organismo fiscalizador les ha comprobado que facturan operaciones inexistentes,

 

“Estos ya son listados definitivos, estas empresas salen ya de la presunción y se establece que son empresas que expiden facturas que amparan operaciones inexistentes; son los primeros ocho y van a seguir a lo largo del año publicándose cada vez más listados”, expuso el funcionario.

 

En los primeros seis meses del año, el SAT ha identificado además a 416 contribuyentes que presuntamente facturan operaciones inexistentes y a 27 mil 882 empresas vinculadas estos, pues son las que reciben las facturas.

 

Tras la publicación de la lista definitiva, contribuyentes que recibieron facturas de las ocho empresas incluidas en la lista definitiva tienen 30 días hábiles a partir de la publicación de la misma, para acreditar que realizaron esas operaciones o bien, corregir su situación fiscal vía la declaración complementaria que corresponda.

 

En caso de no hacerlo, si la autoridad fiscal, en uso de sus facultades de comprobación, detecta que no acreditaron que son reales las operaciones que amparan esas facturas, se considerarán actos simulados, los cuales se equiparan al delito de defraudación fiscal.

 

El administrador general de Auditoría Fiscal Federal del SAT informó que la sanción que establece el Código Fiscal de la Federación por el delito de defraudación es una pena de tres meses a seis años de prisión.

 

En el caso de este esquema conocido como “operación carrusel”, dijo, la autoridad fiscal puede considerar la defraudación tanto de los contribuyentes que expidieron comprobantes fiscales, como de quienes hayan recibido y se beneficien de las facturas.

 

El SAT continúa las investigaciones para identificar a los presuntos responsables de estos delitos y, en su caso, presentar ante la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF) la determinación de perjuicio al fisco federal, la cual presentaría la querella correspondiente ante el Ministerio Público.