Entre 2007 y 2012, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) omitió la evaluación del daño o afectación ambiental de 92 proyectos, según determinó la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados.

 

Uno de los principales proyectos turísticos del sexenio de Felipe Calderón, Playa Espíritu, en Sinaloa, resultó ser una de las obras con mayor opacidad, pero también una de las que se desarrollaron durante esa administración sin contar con la autorización en materia de impacto ambiental.

 

En 2010, la Auditoría Superior de la Federación determinó que el gobierno realizó un gasto millonario en el proyecto que no fue comprobado, además comprobó que se omitió la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) en las obras de urbanización para el desarrollo del proyecto en Sinaloa.

 

Pese a que estas obras fueron identificadas por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), la Semarnat dejó de lado el dictamen sobre las acciones de restauración y compensación al medio ambiente de las mismas, “situación que no permitió contribuir a reducir los desequilibrios ecológicos que generan las obras o actividades que deben sujetarse al proceso de evaluación, a fin de que se ejecuten con criterios de sustentabilidad”, estableció la ASF en su Informe de la Cuenta Pública 2012.

 

En dicho periodo, la Secretaría incrementó las adecuaciones al marco normativo en materia de impacto ambiental, no obstante el número de obras y actividades sin autorización de impacto ambiental creció 26.9%.

 

Sólo en el último año de gobierno, el gobierno de Calderón se vio envuelto en una serie de controversias en materia ambiental, varias de ellas relacionadas con desarrollos turísticos como el Centro Integralmente Planeado (CIP) Pacífico, que al igual que Paya Espíritu carecía de MIA, y el centro residencial Cabo Pulmo.

 

Respecto a este último y ante la presión ejercida por ambientalistas y científicos de México y otras partes del mundo, el ex presidente revocó vía decreto la autorización para que la empresa española Hansa Baja Investments construyera el megaproyecto inmobiliario de cuatro mil hectáreas en una zona virgen de Baja California Sur.

 

De acuerdo con la auditoria de desempeño, en el sexenio anterior la Semarnat no acreditó la elaboración de un instrumento normativo para coordinar las acciones realizadas con la Pofepa para la evaluación de daños ambientales ocasionados por obras o actividades industriales, señaló la ASF.

 

De igual modo, la dependencia descartó la definición de criterios y procedimientos mediante los cuales la dependencia pudiera emitir opiniones técnicas cuando la Procuraduría así se lo requiriera.

 

El Reglamento Interior de la Semarnat señala que es responsabilidad de ésta participar con la Profepa en la evaluación del daño ambiental de las obras y actividades que no cumplieron con el procedimiento de evaluación del impacto, hecho que incumplió en los casos mencionados.

 

La ASF detectó además que en 2012 la Semarnat privilegió el cumplimiento de requisitos que debían contener los Manifiestos de Impacto Ambiental por encima de los elementos técnicos que sirven de apoyo para su evaluación y resolución.

 

En 2012, la Semarnat dispuso 27 instrumentos normativos, entre los que incluyó 12 guías para facilitar la presentación y entrega de las MIA regionales y particulares, sin embargo en ningún caso se establecieron requisitos mínimos que debiera cumplirse ni la obligatoriedad de cumplir con el total de requisitos que señalan, determinó la ASF.

 

Asimismo, el órgano fiscalizador constató que de 2007 a 2012, la Secretaría no realizó ninguna modificación a dichas guías que contribuyera a una mejora regulatoria.

 

Durante el lustro mencionado, la Semarnat aceptó tres mil 503 solicitudes de MIA para su evaluación, de las cuales autorizó mil 711 (48.8%) y rechazó 518 (14.8%), mientras que mil 243 (35.5%) seguían en proceso de evaluación al concluir el periodo señalado.

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