Quito.  Ecuador acusó hoy a Reino Unido de practicar una política de “doble rasero” al amenazar con incursionar en su embajada en Londres para arrestar a Julian Assange, cuando en el pasado protestó por un hecho similar contra una de sus legaciones.

 

“No podemos aceptar el doble rasero utilizado por las autoridades británicas en el caso que nos ocupa”, dijo el canciller ecuatoriano en la rueda de prensa en la que anunció la concesión de asilo diplomático a Assange, de nacionalidad australiana.

 

“Causa asombro recordar además que entre los varios precedentes denunciados ante el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas por acciones intrusivas en dependencias diplomáticas, se encuentra una nota del 29 de noviembre de 2011”, manifestó Patiño.

 

La nota a la que se refirió el ministro ecuatoriano alude a la protesta de Londres por el ingreso de manifestantes en su embajada en Teherán en rechazo a las sanciones económicas británicas y de otras potencias contra Irán.

 

En ese caso, resaltó Patiño, “el país afectado fue, precisamente, el Reino Unido, y como sustento legal se aplicó, esta vez sí, la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961”.

 

Recordó que “dicho tratado estipula respecto de la inviolabilidad del personal y los locales diplomáticos, que debe ser respetada y protegida por los Estados firmantes, en todos los casos”.

 

Patiño sostuvo que “ninguna ley de ámbito nacional puede ser utilizada para justificar, en ningún caso, una acción intrusiva en locales diplomáticos de ningún país del mundo”.

 

“Mucho menos puede servir de coartada para emitir amenazas explícitas y burdos chantajes que busquen torcer la voluntad de un país soberano”, añadió.

 

La advertencia británica de arrestar a Assange fue emitida la víspera, horas antes de que el gobierno del presidente ecuatoriano Rafael Correa anunciara este jueves que otorgaba asilo diplomático al ciudadano australiano.

 

Patiño aseveró que la nota británica “es un claro y ofensivo ataque al derecho que tiene Ecuador, como país soberano, de decidir sobre una solicitud de protección diplomática al ciudadano que la ha formulado, libre de coacciones, presiones o manipulaciones”.