El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desechó la impugnación que presentó Manuel Clouthier en contra del acuerdo del IFE para no registrarlo como candidato presidencial y desechó las quejas de otros 51 ciudadanos por el mismo motivo.

 

Clouthier, diputado con licencia que llegó a la Cámara bajo las siglas del PAN, hijo del ex candidato presidencial Maquío Clouthier, dijo que el fallo del tribunal es contradictorio porque niega el derecho de los ciudadanos a ser votados sin ser postulados por un partido político aunque las recientes modificaciones al artículo 1 constitucional protege los derechos humanos contenidos en la Carta Magna y los tratados internacionales firmados por México.

 

De ahí que el legislador dijo que analiza si recurrirá a instancias internacionales para combatir este fallo; la Comisión Interamericana de Derechos Humanos pidió a México, a propósito de una petición del ex canciller Jorge Castañeda, quitar las restricciones a las candidaturas independientes.

 

Clouthier lamentó que el tribunal dé un derecho de exclusividad y absoluto a los partidos políticos. “El derecho a ser postulado por los partidos políticos es una opción, una alternativa de los ciudadanos, no es la única y disiento radicalmente con esta posición”.

 

El proyecto presentado por el ministro Alejandro Luna estableció que la figura de candidatura ciudadana no está contemplada en la Constitución, ni en la legislación secundaria, por lo que no representa una vía para ejercer el derecho a ser votado.

 

Los magistrados aprobaron por mayoría el acuerdo del IFE impugnado por Clouthier donde se establece que el derecho a ser votado en las elecciones federales se ejerce exclusivamente a través de los partidos políticos; además, se determinó que si bien la ley no contempla candidaturas independientes, eso hecho no representa violación a las normas y principios internacionales en materia de derechos humanos, pues no existe derecho fundamental absoluto que proteja a las mismas.

 

En su razonamiento, el ministro Salvador Nava dijo que el Artículo 218 del COFIPE, que da a los partidos a prerrogativa de postular candidatos impugnado por el diputado, no contradice la Constitución además, de que las candidaturas ciudadanas “no están prohibidas, pero tampoco reguladas”.