Foto:Cuartoscuro|Qué es la violencia política de género
Foto:Cuartoscuro|Qué es la violencia política de género  

Para que sepas más del tema, te decimos en que consiste la violencia política de género y que acciones pueden ser tomadas como ello.

En el mundo existen muchos tipos de violencia, sin embargo, dentro de la política también se da, es por ello que aquí te explicamos en que consiste la violencia política de género y que acciones pueden ser consideradas dentro de este rubro.

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Este tipo de violencia se enfoca solo a las mujeres que son servidoras públicas que reciben tratos injustos o agresiones hacia ellas y su persona.

El tipo de actos que pueden ser considerados como ello pueden entrar en violencia física, psicológica, simbólica, patrimonial, económica, sexual o feminicida, es por ello que debes de poner mucha atención a como te trata tu entorno.

Es por ello que aquí te dejamos un listado de las acciones que pueden ser consideradas como violencia política de género, según el observatorio de participación política de las mujeres en Puebla, para que tomes nota y ante cualquier situación puedas denunciarla.

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  • Insinuaciones respecto de su vida personal y laboral basada en estereotipos y roles de género, por ejemplo: es una promiscua, prostituta.
  • Tras un proceso de selección para ocupar un cargo público, mujeres y hombres compiten en igualdad de condiciones; pero hay un elemento que consideran determinante para rechazar a la mujer y elegir al hombre: un embarazo.
  • Una mujer, durante su encargo, denuncia hostigamiento por parte de sus superiores o colegas, quienes le exigen que renuncie a su puesto, argumentando que ese lugar le corresponde a alguien más capacitado: un hombre.
  • Una mujer que ocupa un cargo de decisión es exhibida teniendo relaciones sexuales con un colaborador.
  • Compañeras de trabajo exponen vida familiar de una colega, con el objetivo de intimidarla y provocar reacciones que favorezcan sus intereses.
  • Amenazas a la integridad personal.
  • Presión para que cedan espacios de representación del Concejo Municipal ante otras instancias.
  • Negación de información, que incluye no informar sobre la realización de las sesiones del Concejo Municipal, impidiéndoles participar en los procesos de toma de decisiones.
  • Negación de la participación de las mujeres en las sesiones del Concejo Municipal, obligándolas sólo a firmar actas, aun cuando no hubieran participado.
  • Desestimación, ridiculización y descalificación pública de las propuestas presentadas por las mujeres, especialmente cuando éstas están relacionadas con la promoción de los derechos de las mujeres.
  • Amenazas económicas por parte de su pareja o familia.
  • Amenazas para votar por un determinado partido.
  • Una candidata a ocupar un cargo de elección popular es caricaturizada por su aspecto físico, sexualizándola y mostrando atributos estereotipados de género.
  • Comentarios hechos por parte de compañeros (diputados, senadores, consejeros, magistrados, etc.) basados en el cuerpo de la mujer, mientras se encuentra en una reunión de trabajo.
  • Injerencias arbitrarias y abusivas en el desempeño de sus funciones.
  • Obligar a las mujeres a hacer favores sexuales a cambio de una postulación.
  • “Pornografía vengativa”.
  • Amenazas de separación por parte de su pareja.

 

 

 

 

 

 

 

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