SCJN
Foto: Archivo | Durante su sesión de este jueves, la Corte siguió con el análisis de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescente, vigente desde 2020  

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el Registro Público de Agresores Sexuales de la Ciudad de México.

Durante su sesión de este jueves, la Corte siguió con el análisis de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescente, vigente desde 2020.

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El padrón estaba formado por personas sentenciadas por ilícitos relacionados con la trata de personas, tráfico de menores, así como feminicidio, violación, abuso y acoso sexual contra menores de 12 años.

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Sin embargo, por ocho a favor, los ministros determinaron la inconstitucionalidad de dicho registro por violar la presunción de inocencia, la protección de datos personales y dificultar la reinserción social.

LDAV