feminicidio
Foto: Cuartoscuro / El ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, presentó una iniciativa para castigar el feminicidio y perseguirlo como un delito de oficio  

El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, entregó al Senado una iniciativa de ley para prevenir, investigar, sancionar y reparar el feminicidio y establece la obligación de emitir un protocolo nacional de investigación para este delito que se deberá perseguir de oficio.

Además, la Corte plantea una reforma constitucional al artículo 73 que le otorga facultades al Congreso para expedir las leyes generales que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en diversos delitos.

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La nueva ley propuesta incluye el delito de feminicidio y tentativa de feminicidio e indica que la pena será imprescriptible, no existirán atenuantes de ningún tipo incluidas la defensa del honor, los celos, culturas o costumbres y se prohíbe la extradición de los feminicidas.

De esa manera, a quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de 40 a 60 años de prisión y de 500 a mil días multa.

En tanto, al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia en este delito “se le impondrá pena de prisión de tres a ocho años y de 500 a mil 500 días multa; además, será destituido e inhabilitado de tres a 10 años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos”.

Asimismo, “el que pudiendo hacerlo con su intervención inmediata y sin riesgo propio o ajeno, no impidiere la comisión de uno de los delitos previstos en esta ley, se le impondrá la pena de seis meses a tres años de prisión y de 50 a 200 días multa”.

Además, ninguna persona procesada o sentenciada por los delitos previstos en esta Ley podrá beneficiarse de inmunidades, indultos, amnistías, figuras análogas o con similares efectos.

En la justificación señala que, la realidad evidencia que las acciones del Estado para combatir el delito no han sido suficientes: la heterogeneidad de los tipos penales de feminicidio, la falta de coordinación institucional en la investigación y persecución de éstos, así como en la implementación de políticas públicas, han impedido garantizar de manera efectiva la protección a la vida y la integridad de las mujeres en México.

 

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