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Foto: Archivo | El TEPJF justificó que la Cámara de Diputados debe acatar su determinación  

Ante el incumplimiento de dos sentencias, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) amonestó a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados y la emplazó a que en un plazo máximo de 72 horas integre a Movimiento Ciudadano en la Comisión Permanente.

Por mayoría, con los votos en contra de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso y José Luis Vargas Valdez, se declaró fundado el incumplimiento relacionado con la integración proporcional de ese órgano.

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El organismo electoral recordó que en enero pasado se estableció que la próxima integración de la Comisión Permanente debía estar conforme al principio de máxima representación efectiva, con base en los criterios de proporcionalidad y pluralidad.

Ante la omisión, el 7 de junio pasado, la Sala Superior desestimó los argumentos de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados (Jucopo) relativos a la imposibilidad de dar cumplimiento a lo ordenado en la sentencia principal y vinculó al legislativo para que todos los grupos parlamentarios estuvieran representados.

Sin embargo, el 14 de junio el partido Movimiento Ciudadano alegó, de nuevo, un incumplimiento a lo ordenado en la sentencia principal. Al respecto, la Sala Superior, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, declaró fundado el incumplimiento.

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El TEPJF justificó que la Cámara de Diputados debe acatar su determinación, porque sus resoluciones son definitivas, firmes e inatacables y tienen incidencia en los actos parlamentarios.

Debido a que incumplir la sentencia de integrar a MC a la Comisión Permanente se considera una falta a la Constitución, los magistrados determinaron imponer una amonestación pública a los integrantes de la Jucopo y se vinculó para que, en un plazo de 72 horas, defina a qué grupo parlamentario se le reducirá un lugar para asignárselo a la que Movimiento Ciudadano.

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