Foto: Cuartoscuro / En procesos electorales pasados, el Presidente y Jesús Ramírez, vocero, ya han sido apercibidos por el Tribunal electoral  

El presidente Andrés Manuel López Obrador pidió a las autoridades judiciales aclarar los alcances del concepto de propaganda para informarle qué es lo que puede publicitar durante la veda por la consulta de revocación de mandato.

Sin embargo, dichas prohibiciones están señaladas tanto en la Constitución como en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) y la Ley Federal de Revocación de Mandato.

Incluso, el 4 de febrero pasado al iniciar la veda electoral, el Instituto Nacional Electoral (INE) publicó un anunció sobre la justificación normativa para que las autoridades del país, medios y empresas tuvieran la información de lo que deben acatar.

Ayer, durante su conferencia mañanera, el mandatario nacional indicó que no trasmitirían los videos de avances de las megaobras del sexenio, como el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA), la refinería de Dos Bocas y el Tren Maya.

Sin embargo, pidió que “las instancias judiciales nos aclaren qué podemos y qué no podemos informar porque existe el concepto general de propaganda y pues todo lo que tiene que ver con el Gobierno de una y otra forma, todo lo que hace puede considerarse propaganda”.

Es decir, el Presidente pide que el Poder Judicial le explique el contenido los contenidos de los artículos 41 de la Constitución; el 210 y 251 de la LGIPE, y 33 de la Ley de Revocación de Mandato.

En concreto, entre el 4 de febrero y 10 de abril, las autoridades del país tienen prohibido difundir logros y acciones de Gobierno, así como realizar actos de propaganda, como inauguraciones y promover la consulta de revocación de mandato.

Al respecto y debido a que la inauguración del AIFA será en marzo, López Obrador dijo: “Necesitamos preguntar qué puedo hacer el día 21 de marzo, porque se va a inaugurar el aeropuerto, entonces puede ser que se inaugure sin que yo hable o que no se transmita nada”.

El INE y los organismos electorales de las 32 entidades son los únicos facultados para promover la revocación de mandato y la participación ciudadana.

Desde el Presidente de la República hasta alcaldes tienen prohibido emitir cualquier tipo de propaganda, excepto Salud, Educación y Protección Civil.

LLAMADAS DE ATENCIÓN

Sin embargo, en al menos siete ocasiones, durante el periodo de veda 2021, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha determinado que el Presidente incurrió en violaciones a la ley electoral por difundir propaganda ilegal.

Tan sólo el 4 de febrero pasado, el primer día de veda, el mandatario habló de la revocación y de obras como el aeropuerto y Tren Maya, así como diversas acciones de Gobierno, lo cual está prohibido.

A su vez, el 5 de febrero señaló la necesidad de una reforma electoral, lo cual tampoco estaría permitido por las legislaciones en la materia.

En julio pasado, la Sala Regional Especializada del TEPJF, tras señalar que en varias conferencias López Obrador difundió programas, logros y acciones en periodo prohibido, pidió al mandatario ajustarse a los límites constitucionales durante las campañas y poner “especial cuidado” a las normativas.

Incluso, se apercibió al Órgano Interno de Control para sancionar a Jesús Ramírez Cuevas, coordinador de Comunicación Social y Vocería de la Presidencia de la República; y Erwin Sigrid Frederick Neumaier de Hoyos, director del Cepropie.

En el caso del Presidente, se determinó que durante su mensaje por los 100 días de Gobierno del tercer año, violentó la Constitución al utilizar recursos públicos para difundir logros en periodo de campaña.

Sin embargo, el propio tribunal señaló que el Presidente tiene un régimen especial de sanción, por lo que no podría tener un castigo.

Y EMITE INE CONVOCATORIA

Por otra parte, ayer el INE publicó la convocatoria para la consulta de revocación de mandato, en la cual confirma que se instalarán 57 mil 300 casillas.

De acuerdo con el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), “el instituto y los organismos públicos locales, según corresponda, promoverán la participación ciudadana y serán la única instancia a cargo de la difusión de los mismos. La promoción será objetiva, imparcial y con fines informativos”.

El organismo electoral organizará dos foros de discusión sobre la revocación, por lo que “ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de las y los ciudadanos”.

La pregunta a la que están convocados a responder más de 90 millones de mexicanos será: ¿Estás de acuerdo en que a Andrés Manuel López Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?.

Según la convocatoria, la ciudadanía tendrá dos opciones de respuesta: Que se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o Que siga en la Presidencia de la República.

También los mexicanos residentes en el extranjero podrán ejercer su voto a través de una plataforma electrónica.

 

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