centro comercial
Foto: Arturo Rivera Quedan prohibidos los eventos masivos de cualquier tipo (políticos, religiosos, sociales, etc.), eventos o espectáculos públicos, salones de fiestas y/o jardines para eventos  

A partir del sábado 19 de diciembre y hasta el 10 de enero, los centros y plazas comerciales deberán limitar el acceso a sus instalaciones exclusivamente a los establecimientos que lleven a cabo las actividades esenciales previstas en el Acuerdo para para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y la muerte por Covid-19 en la población.

De acuerdo con el gobierno del Estado de México, “en ningún caso su aforo podrá ser mayor al 15%, y las unidades económicas que proporcionen el servicio de hospedaje deberán limitar su aforo al 30%”.

En tanto, deberán permanecer cerrados, los bares, cantinas, salones de baile, discotecas y video bares, centros nocturnos, centros botaneros y cerveceros, salas de sorteos de números, centros de apuestas remotas (casinos), billares y cualquier establecimiento para venta de bebidas alcohólicas para su consumo inmediato y/o al copeo.

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Tampoco podrán ofrecer servicios, los cines, gimnasios, zoológicos, balnearios, albercas públicas, boliches, baños públicos, vapores, spas, peluquerías, barberías, estéticas, locales o espacios destinados a actividades deportivas o culturales, teatros, auditorios, foros, palenques.

Quedan prohibidos los eventos masivos de cualquier tipo (políticos, religiosos, sociales, etc.), eventos o espectáculos públicos, salones de fiestas y/o jardines para eventos sociales, verbenas, ferias, desfiles, fiestas populares, y cualquier otra análoga a las anteriores que impida el cumplimiento de las medidas preventivas y de seguridad del Acuerdo que “promueva la aglomeración de personas en un mismo lugar”.

El documento publicado en la Gaceta Oficial del Estado de México, señala que, las actividades gubernamentales no esenciales se suspenderán a partir del 21 de diciembre de 2020, y se reanudarán el 11 de enero de 2021. “Las instituciones públicas deberán garantizar las medidas de prevención e higiene emitidas por las autoridades sanitarias”.

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Aclara que se podrá continuar con el desahogo de los trámites previos al procedimiento de contratación, tales como la realización de estudios de mercado, gestiones sobre autorizaciones presupuestales, entre otros, relacionados con los procedimientos de adquisición de bienes y contratación de servicios, así como convenios modificatorios.

“Para el caso de procedimientos de contratación que se encuentren en curso, éstos podrán continuar con los plazos previstos por la convocante; de igual forma se podrá continuar con la realización de nuevos procedimientos adquisitivos y de contratación de servicios, así como la celebración de convenios modificatorios relacionados con estos, que se requieran para el correcto desempeño de las funciones que tiene encomendadas el Poder Ejecutivo del Estado de México y sus Entidades Públicas, según corresponda, con recursos estatales y federales”.

 

TFA