Ningún poder humano puede cambiar a un predio de ubicación ni imponerle un municipio al que no corresponde. Sería tanto como tratar de transportar un pedazo de tierra a cualquier otro lado; sin embargo, esta vez en un fallo se avalaron los límites geográficos del predio Punta Piedra imponiéndole una jurisdicción que no le corresponde, por así convenir al magistrado del Tribunal Unitario Agrario del Distrito 44, y el fallo se mantiene por varios años sin que nadie pueda hacer justicia.

Ésta es la situación del ejido José María Pino Suárez, municipio de Tulum, quien está siendo víctima de un atraco por así convenir a las empresas Land Management SA de CV y Alfil Construcciones SA. de CV, al que le fue sobrepuesto el predio Punta Piedra, cuya ubicación en la realidad está en Carrillo Puerto y no en el municipio de Tulum, como arbitrariamente lo situó el magistrado Aldo Saúl Muñoz López, titular del Tribunal Unitario Agrario 44, con sede en Chetumal, Quintana Roo, quien al resolver los juicios agrarios 09/2013 y 441/2015, donde se señala que las escrituras tienen su origen en el título 673, con ubicación en el municipio de Tulum y no de Carrillo Puerto.

En 1975 gobernaba el municipio de Tulum el PRI, así también Felipe Carrillo Puerto lo gobernaba un priista. De tal suerte que dicho magistrado también omitió el hecho de que las resoluciones presidenciales no son modificables, según se asienta en el artículo 8 Fracción III de la Ley Federal de Reforma Agraria, y a pesar de esto le dio validez al título 79152, el cual no fue emitido por el Presidente de la República, por lo que es contrario al artículo 75 de la Ley de Terrenos Baldíos, Nacionales y Demasías.

Por si esto fuera poco, el magistrado Aldo Saúl Muñoz omitió observar que el artículo 53 de la Ley Federal de Reforma Agraria señala que son inexistentes los actos particulares, así como lo son las resoluciones de autoridades judiciales y administrativas de los tres niveles de Gobierno que priven total o parcialmente los derechos agrarios, de tal suerte que tanta omisión no podía ser accidental sino que se muestra el dolo de dicho magistrado, quien debería ser investigado por tantos errores que, de no ser intencionales, nunca debió ocupar el cargo que ostenta.

Ante estas irregularidades se interpuso el Recurso de Revisión 606/2019-44, de los cuales tiene conocimiento la magistrada Concepción María del Rocío Balderas Fernández, por lo que compete al Tribunal Superior Agrario, con el objetivo de que se enmiende lo que está mal hecho y emitir resoluciones siempre apegadas a derecho.

Al mismo tiempo el ejido afectado interpuso la denuncia D-37/2020, contra el magistrado Aldo Saúl Muñoz López, ante el Órgano de Control Interno del Tribunal Superior Agrario, de lo cual tiene conocimiento el Lic. José Luis López Crespo, titular de dicho órgano Interno de Control para que haga justicia.

Los intereses particulares ya no deben pasar sobre las leyes ni los magistrados manejar la ley a su antojo. Esperemos que se haga justicia en Quintana Roo y en todo el país, rescatando de la injusticia y el autoritarismo la legalidad.

PEGA Y CORRE. – Resulta sintomático el hecho de que los estados que regresan a semáforo rojo están en manos del PAN, del PRI, de MC, y hasta del único gobernador independiente. Algo debe suceder…Esta columna se publica los lunes, miércoles y viernes.

           

                                                                                                     angelalvarop@hotmail.com