El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decreto como improcedente la acción de inconstitucionalidad promovida por el partido político Movimiento Ciudadano contra la Ley de Seguridad Interior, toda vez que la norma impugnada no tiene el carácter de electoral.

Por el contrario, los ministros se determinaron procedentes el resto de las acciones de inconstitucionalidad y se entrará al análisis de lo planteado en ellas en la sesión de mañana, martes 13 de noviembre, cuyo primer punto implicará determinar si el Congreso de la Unión tiene competencia constitucional para legislar en materia de seguridad interior.

La SCJN inició el día de hoy el análisis sobre la constitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior que promovieron diputados federales, senadores, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), el partido político Movimiento Ciudadano (MC), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la Defensoría de los Derechos Humanos del Estado de Querétaro (DDHQRO) y la Comisión Estatal de Derechos Humanos de del Estado de Jalisco (CEEDHJAL), todos los cuales demandaron la invalidez del Decreto por el que se aprueba la Ley de Seguridad Interior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2017.

 

dpc