Una de las tareas primordiales de todo Estado democrático de derecho es la preservación del orden y la paz. Para lograr el cumplimiento de este objetivo se hace necesario que la tarea gubernativa de seguridad se divida en distintas etapas. Una de ellas corresponde a la investigación de los ilícitos. Es así que dicha función la encontramos en el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

 

 
El mencionado precepto también establece que la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actúan bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de dicha función.

 

 

 
Durante mucho tiempo esta actividad se delegó en un cuerpo denominado Policía Judicial, instituida por la Ley Orgánica de los Tribunales del Distrito Federal y Territorio de la Baja California del 15 de septiembre de 1880, el cual actuaba bajo las órdenes del juez de instrucción. En el texto original del artículo 21 de la Constitución de 1917 se mantuvo la connotación de policía judicial, pero ya como un cuerpo unificado, subordinado al Ministerio Público y sustraído del ámbito jurisdiccional.

 

 

 
Sin embargo, en la reforma constitucional del 3 de julio de 1996 fue derogado dicho término, y con el tiempo cada entidad federativa acogió su propia denominación. En el caso de nuestra capital, quedó regulada como Policía de Investigación en términos de lo dispuesto por la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, publicada el 20 de junio de 2011.

 

 

 
Como su nombre lo indica, este cuerpo policial se especializa en investigar hechos delictivos, a través de recabar elementos probatorios sobre casos concretos, debiendo preservar el lugar de los hechos para facilitar la actuación del Ministerio Público y los servicios periciales. Clasifica la información que obtiene, la analiza y presenta los resultados obtenidos al agente ministerial a través de informes.

 

 

 
La Policía de Investigación también es conocida como científica, dado que en su labor utiliza técnicas y métodos analíticos destinados a acreditar los posibles hechos ilícitos y la probable participación de los imputados en la comisión de los mismos.

 

 
Asimismo, las actividades a su cargo se extienden a cumplimentar órdenes ministeriales consistentes en citatorios y presentaciones; así como disposiciones de los órganos jurisdiccionales relativas a cateos, aprehensiones y reaprehensiones.

 

 

 
La importante función que realizan los elementos de la Policía de Investigación se encuentra sujeta al estricto cumplimiento de la ley y al respeto de los derechos humanos reconocidos en el orden jurídico nacional e internacional, motivo por el cual se capacitan permanentemente en la materia y en las innovaciones correspondientes al ejercicio de su actividad sustantiva.

 

 

 
Los habitantes de la Ciudad de México pueden estar seguros que cuentan con una Policía de Investigación eficiente y preparada, integrada por elementos comprometidos en investigar toda conducta delictiva, con el fin de restituir la vigencia del orden público y poner a disposición de las autoridades a quienes, con su conducta, vulneran los derechos de los demás.

 

 

 

Procurador General de Justicia de la Ciudad de México
@rodolforiosg