Un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación puso fin al monopolio que mantenía el sindicato de Pemex para el traslado de combustibles a las gasolineras, por lo que a partir de ahora los propietarios de las más de 11 mil estaciones que operan en el país podrán realizar este servicio o contratarlo con el proveedor que más les convenga.

 

La resolución de la Segunda Sala de la Corte –que se produce luego de que atrajo el caso en marzo de 2015- llega en pleno proceso de apertura del mercado de las gasolinas.

 

La investigación en contra de la petrolera mexicana inició en noviembre 2010, después de que dos empresarios denunciaron que Pemex los obligaba a utilizar las pipas de la petrolera, que son controladas por el sindicato, para obtener la gasolina, conducta que es considerada una práctica anticompetitiva.

 

Los empresarios acusaron que la obligación de contratar las pipas de Pemex para trasladar el combustible representó un encarecimiento de 50% a 70% en sus costos, cuando los franquiciatarios tienen derecho a contratar el servicio de transporte que se ajuste mejor a su estructura.

 

Después de que la comisión comprobara la práctica anticompetitiva, conocida como “ventas atadas”, y fuera ratificada por un juez federal, Pemex acudió a la SCJN como último recurso.

 

Ayer, por unanimidad, los ministros avalaron dejar sin efecto una sanción económica de 653.2 millones de pesos impuesta en 2013, por parte de la entonces Comisión Federal de Competencia Económica (Cofeco), en la cual se acreditaba que Pemex condicionaba la venta de gasolinas y diésel a la contratación de los servicios de traslado de esos mismos combustibles, desde las Terminales de Almacenamiento y Reparto a las estaciones de servicio, con autotanques y equipos operados por el personal sindicalizado de la entonces paraestatal.

 

En un comunicado emitido este miércoles, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) informó que Pemex no puede negar la entrada de permisionarios transportistas a sus terminales de almacenamiento, ni atar la venta de su combustible a la contratación de cualquier servicio logístico o de valor agregado (incluido el transporte) o a la existencia de contratos de franquicia.

 

En el marco de la apertura del sector, los importadores de gasolina tendrán la libertad de contratar el servicio que más les convenga para el traslado desde el punto de ingreso al país hasta su estación.