MONTERREY. El Congreso de Nuevo León aprobó reformas al Código Penal estatal, para tipificar como delito la cobranza ilegítima, con sanciones de seis meses a dos años de prisión y multas de entre 150 y 300 días de salario mínimo.

 

En la sesión ordinaria de este lunes, el presidente de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública en la LXXIV Legislatura estatal, Gabriel Tláloc Cantú Cantú, presentó al pleno el dictamen, que tuvo el respaldo de los 37 diputados locales presentes.

 

Las modificaciones por adición del Artículo 294 Bis, establece sanciones “a quien con la intención de requerir el pago de una deuda, ya sea propia del deudor o de quien funja como referencia o aval, utilice cualquier medio ilícito o amenazas de causar un daño al mismo deudor, su aval o sus familiares”.

 

Aunado a la prisión de seis meses a dos años y multas de 150 a 300 días de salario mínimo, se aplicarán las sanciones que correspondan, si para tal efecto se emplearon documentación, sellos falsos o se usurparon funciones públicas o de profesión, agregó el legislador de la bancada priista.

 

“En la iniciativa que nos ocupa, se considera que las actuaciones de cobranza extrajudicial efectuadas por particulares, se emplean diversos medios de coacción y amenazas para obtener la satisfacción de sus intereses”, mencionó.

 

Entre las prácticas más comunes para esta cobranza ilegítima, está el de realizar llamadas en diversos horarios, en fines de semana o envían cartas intimidatorias y amenazantes a hogares y lugares de trabajo de las personas que continúan en sus bases de datos, todo ello alejándose de todo medio permitido por la ley para ejercer el propio derecho”, refirió Cantú Cantú.

 

Todos coincidieron que dicha práctica violenta los derechos humanos, genera problemas de salud e interrumpe la tranquilidad de las familias, de ahí las reformas legislativas aprobadas.