El Gobierno de la Ciudad de México publicó hoy en la Gaceta Oficial el esquema de regulación del servicio privado de pasajeros, como Uber y Cabify, mediante aplicaciones y plataformas informáticas, de donde destaca su registro ante la Secretaría de Movilidad (Semovi), la emisión de un permiso para los operadores, su capacitación y que cuenten con un seguro.

 

La norma contempla que las empresas realicen una aportación del 1.5 por ciento por cada viaje al Fondo para el Taxi, la Movilidad y el peatón, además de que cumplan con ciertas reglas como no recibir pagos en efectivo ni con tarjetas prepagadas, no hacer base en la vía pública ni subarrendar vehículos concecionados.

 

A través de un comunicado, la autoridad capitalina detalló que un segundo instrumento publicado también en la Gaceta crea un registro para que los particulares puedan contratar el servicio público de taxi mediante apps.

 

Se emitió el “Acuerdo por el que se crea el registro de personas morales que operen y/o administren aplicaciones y plataformas informáticas para el control, programación y/o geolocalización en dispositivos fijos o móviles, a través de las cuales los particulares pueden contratar el servicio privado de transporte con chofer en el Distrito Federal”.

 

Allí se señala que los vehículos susceptibles de ser permisionados deberán contar con: calcomanía “cero”; cuatro puertas; aire acondicionado; cinturones de seguridad funcionando para todos los pasajeros, bolsas de aire delanteras, radio y portar identificación en el interior del vehículo que al efecto determine la Semovi en lugar visible. El precio de los vehículos deberá ser de al menos 200 mil pesos de acuerdo al costo de factura de origen.

 

El esquema de regulación dispone que no se permitirá a los vehículos amparados por los permisos de las empresas: recibir pagos en efectivo; el subarrendamiento de vehículos concesionados; recibir pago mediante tarjetas prepagadas no bancarias, ni sistemas de pago en tiendas de conveniencia mediante monedero electrónico; hacer base o sitio a los vehículos ni uso indebido de la vía pública. Y que sean resguardados en el domicilio declarado por los operadores asignados.