La Suprema Corte de Justicia de la Nación comenzó con el estudio de 26 amparos promovidos por maestros en contra de la reforma educativa, aunque el proyecto de sentencia es negar nuevamente el amparo a los maestros y someterlos  a una evaluación permanente.

 

Ayer, durante el primer día de discusión se abordaron los aspectos procesales generales y un primer agravio, relacionado con la argumentación de las autoridades que no había una distinción entre los nombramientos provisionales y definitivos, aunque declaró inoperante porque todos los quejosos acreditaron la calidad de docentes.

 

Las normas impugnadas a través del amparo y 295/2014, y sus acumulados, son la Ley General de Educación, la Ley General del Servicio Profesional Docente y la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.

 

Con ello, el Pleno de la Corte reconoció la legitimación de los maestros para presentar la demanda, pues las autoridades educativas argumentaron que no tenían calidad para hacerlo.

 

El proyecto de resolución del ministro Fernando Franco González Salas, descartó que la relación de los docentes solo deba regirse por normas de índole laboral, pues la Constitución obliga en su artículo tercero a someterlos a una evaluación permanente.

 

Además, la separación de los maestros que no aprueben la evaluación no viola el derecho de audiencia previa, pues recibirán la notificación oficial de manera personal, y con ello, se cumple con  dicho precepto.