La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó hoy el procedimiento por el cual se realizó el estudio de impacto ambiental presentado por la Semarnat y la Conagua respecto a la construcción del Acueducto Independencia, por lo cual queda avalada su operación. 

 

La Primera Sala de la SCJN resolvió, por mayoría de votos las controversias constitucionales 94 y 109, ambas de 2012, promovidas, por los municipios de San Ignacio Río Muerto y Cajeme, en Sonora, demandaron la falta de cumplimiento de la normatividad Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

 

Además de la omisión para notificarles cualquier procedimiento administrativo tendiente a resolver la autorización para el proyecto de construcción u operación del Acueducto Independencia para trasvasar aguas del Río Yaqui a la Cuenca Hidrológica del Río Sonora.

 

Por ello, decretó declarar la invalidez del procedimiento de impacto ambiental del Sistema Nacional de Trámites de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, relativo al proyecto Acueducto Independencia.

 

Además que el Poder Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, (Semarnat), en un plazo de 30 días naturales siguientes a la notificación de la presente ejecutoria, deberá garantizar audiencia a los representantes de los referidos y como parte del procedimiento de impacto ambiental para que informen exponer los daños ambientales que representaría el trasvase en su territorio y, hecho lo anterior, emita la determinación correspondiente.

 

Como se recordará las controversias constitucionales que presentaron dos municipios de Sonora en 2012, se realizaron por las intensiones de las autoridades federales de construir el Acueducto Independencia que pretende utilizar el agua del Río Yaqui.

 

Los recursos para detener la obra fueron presentados por los municipios de Cajeme, y de Ignacio Río Muerto en contra del Poder Ejecutivo Federal, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Comisión Nacional del Agua, y el organismo público descentralizado denominado Fondo de Operación de Obras Sonora Si.

 

Los quejosos buscan impedir cualquier procedimiento administrativo sobre la autorización del proyecto de construcción u operación del Acueducto Independencia, por el cual según denuncian se pretende desviar aguas del Río Yaqui a la cuenca del Río Sonora.

 

Además de la resolución de impacto ambiental del oficio S.G.P.A.DGIRA.-DG.-1633/11, por el cual se autoriza de manera condicionada la manifestación de impacto ambiental presentada por parte de Sonora Si, respecto al proyecto de construcción del Acueducto proyectada para los municipios de Hermosillo, Ures, Mazatlán, Villa Pesquera y Soyopa, en el estado de Sonora.

 

 

DEC