Con base al artículo 35 de la Constitución,  la Suprema  Corte de Justicia rechazó las cuatro consultas populares presentadas por los partidos políticos al ir en contra de temas como los egresos y gastos del Estado, así como los asuntos electorales.

 

Ayer, la SCJN rechazó la última de las consultas, con la que el Partido Revolucionario Institucional pretendía reducir el número de diputados y senadores elegidos plurinominalmente, sin embargo, por unanimidad de votos de los ministros de la Corte fue rechazada.

 

La consulta  fue presentada  por el presidente del PRI, Cesar Camacho Quiroz,  y  turnada al  ministro Fernando Franco Salas para su estudio. De entrada, el ministro planteó en su ponencia que dicha consulta era inconstitucional debido a que violentaba el artículo 35 constitucional al pretender modificar estatutos de índole electoral.

 

En este caso, la pregunta sometida a revisión fue: “¿Estás de acuerdo en que se modifique la Constitución para que se eliminen 100 de las 200 diputaciones federales plurinominales y las 32 senadurías plurinominales? “.

 

Al respecto, el ministro José Ramón Cossío Díaz votó en contra de la consulta priísta debido a que violenta el derecho de los ciudadanos y los partidos políticos de contar con un presencia equitativa en ambas Cámaras y, con ello, el derecho de los ciudadanos a ser representados por los grupos políticos de su preferencia.

 

Todos los ministros se manifestaron de acuerdo con este punto, basado en que “no podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución; los principios consagrados en elArtículo 40 de la misma; la materia electoral; los ingresos y gastos del Estado; laseguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la FuerzaArmada permanente…”, de acuerdo con el artículo 35 constitucional.

 

Con ello, los ministros dieron cuenta de las cuatro consultas  populares que presentaron el PAN, PRD, PRI y MORENA, por considerarlos violatorias de la Constitución.

 

El PAN quería someter a votación ciudadana, el incremento al salario mínimo, sin embargo, fue rechazada por seis votos a favor y cuatro en contra porque invadía la competencia de egresos y gasto del Estado al no desvincularla de los temas económicos

 

Posteriormente, con una  amplia diferencia  de nueve ministros a favor y sólo uno en contra,  la Corte desechó  las consultas populares para someter a la opinión de los ciudadanos la legalidad de la reformas energéticas.

 

En ambas propuestas, presentadas por el PRD y MORENA, los ministros  consideraron que el objeto de la consulta era contrario a lo que establecido en el artículo 35 en el sentido de que no podrán ser objeto de consulta popular los temas relacionados con los ingresos y gastos del Estado.