Unas horas después de la detención del narcotraficante más buscado en el mundo, Joaquín Guzmán Loera, ya se hablaba de su extradición a Estados Unidos; a dos meses y medio de su captura, ha quedado confirmado que no hay ninguna orden para llevarlo al extranjero.
 
A través del juicio de amparo 200/2014 quedó jurídicamente comprobado que no hay ninguna solicitud judicial o consular para llevar a El Chapo ante las cortes norteamericanas en las que tiene acusaciones.
 
Ayer se dio a conocer públicamente la primera sentencia de uno de los tantos litigios que ha iniciado la defensa de Guzmán Loera por diversos cargos que se le imputan en territorio mexicano, entre ellos, dos amparos para evitar ser trasladado a EU.
 
En la sentencia dictada por el Juez Octavo de Distrito en Amparo Penal se informó del sobreseimiento (cancelación) del juicio 200/2014 que interpuso Guzmán Loera en contra de “la incomunicación, expulsión, y/o destierro, y/o extradición, y la ejecución de dichos actos”.
 
El juez consideró que la defensa de Guzmán Loera, mediante Carlos David Armenta Montaño, no había presentado las pruebas suficientes para confirmar que las siete autoridades que había señalado a través de su demanda habían autorizado su extradición, destierro, expulsión e incomunicación.
 
Inclusive, a través de los requerimientos y notificaciones judiciales al Presidente de la República, secretario de Gobernación, secretario de la Defensa Nacional; titular de la Procuraduría General de la República, así como el director del Centro Federal de Readaptación Social del Altiplano (Cefereso, número 1); secretario de Relaciones Exteriores, y el subsecretario para la América del Norte de la SRE, respectivamente, contestaron con una negativa sobre alguna orden de traslado al extranjero en contra de Guzmán Loera.
 
“No son ciertos, los actos consistentes en: la incomunicación; la emisión de la orden de expulsión, y/o destierro; la emisión de la orden de extradición; y la ejecución de dichos actos, reclamadas a las autoridades responsables, ya que así lo manifestaron al rendir sus respectivos informes justificados, sin que al efecto la parte quejosa haya desvirtuado dichas negativas, pese a que le correspondía la carga probatoria, dada la naturaleza de los actos reclamados”, dice el resolutivo.
 
Por ello, el juez decretó como único punto resolutivo de la sentencia el sobreseimiento del juicio, ya que no existe alguna orden judicial o consular como las que reclamó El Chapo.
 
“Por tanto, lo procedente es sobreseer en el juicio de garantías, toda vez que no se probó la existencia de los actos reclamados en la audiencia constitucional…”, consideró el juez.
 
Las cortes de California, Nuevo México, Texas, Illinois, Arizona y Nueva York tienen seis ordenamientos en contra de Guzmán Loera por diversos delitos, entre ellos conspiración para la introducción de cocaína y marihuana a Estados Unidos, lavado de dinero y narcotráfico.
 
Además de los crímenes de conspiración para el lavado de dinero, posesión de armas de fuego en apoyo de delitos de tráfico de drogas, para matar en un país extranjero, asesinato en cumplimiento de una empresa criminal y secuestro.
 
Mientras tanto, en la investigación de la Corte del Distrito de Illinois en Chicago, hay varios de sus colaboradores como coacusados de diversos delitos relacionados con el narcotráfico, entre ellos, Ismael El Mayo Zambada García, Alfredo Guzmán Salazar, Tomas Arévalo, Germán Olivares, y Alberto Vázquez Jesús Vicente Zambada Niebla
 
Este último testigo colaborador del Gobierno de EU, y quien ha testificado en contra de Guzmán Loera por los delitos cometidos en ese país.
 
En 2012 la Corte Federal en El Paso, Texas, acusó a El Chapo de 14 delitos, entre ellos, contrabando de cocaína y marihuana hacia EU, así como de secuestro y homicidio de un ciudadano estadounidense.