Los contratos que serán otorgados tanto a empresas del Estado o empresas privadas nacionales e internacionales para la exploración, extracción, transformación y distribución de los hidrocarburos, podrán ser con un porcentaje de la utilidad, un porcentaje de la producción obtenida o con la transmisión onerosa de los recursos extraídos.

 

De acuerdo con el borrador de la Ley de Hidrocarburos, cuya copia posee 24 HORAS, se precisa cómo serán otorgados los contratos de producción petrolera, de gas natural y de energía eléctrica a las empresas del Estado, como Petróleos Mexicanos y la Comisión Federal de Electricidad, así como empresas privadas.

 

“Los contratos para la exploración y extracción deberán contemplar en sus cláusulas: obligaciones de transparencia que posibiliten su consulta; la adquisición de garantías y seguros; límites a la responsabilidad de las partes conforme a las mejores prácticas internacionales; la observancia de mejores prácticas internacionales en la ejecución de los trabajos; y la vigencia, así como las condiciones para prorrogarla”, explica el documento.

 

Para los contratos de servicios la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos prevé que podrán ser en efectivo, con un porcentaje de utilidad para los contratos de utilidad compartida, con un porcentaje de la producción obtenida para los contratos de producción compartida o con la transmisión onerosa de los hidrocarburos una vez que estos recursos hayan sido extraídos del subsuelo para los contrato de licencia.

 

También pude haber una combinación de todos estos tipos de contratos, precisa el borrador.

 

Ayer, 24 HORAS informó que los órganos que vigilarán la exploración, extracción, ventas de primera mano, transporte, almacenamiento y distribución de la industria de hidrocarburos a nivel nacional, serán declarados como reguladores con personalidad jurídica propia, autonomía técnica y de gestión, luego de la reforma energética aprobada el año pasado.

 

Esto incluye la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), la Comisión Regulatoria de Energía (CRE), el Centro Nacional de Control del Gas Natural (Cenegas), el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace), el Centro Nacional de Información de Hidrocarburos (CNIH) y la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente (ANSIPMA).

 

El Ejecutivo federal, mediante la Secretaría de Energía (Sener), podrá otorgar, negar, modificar y revocar a Pemex o a cualquier otra empresa productiva del Estados, asignaciones para realizar la exploración y extracción de hidrocarburos, señala el borrador.

 

“El otorgamiento de las asignaciones deberá contar con opinión de la Comisión Nacional de Hidrocarburos”, precisa.

 

Pemex y la CFE podrán asociarse con terceros o cederlos el interés económico o el control de las operaciones a las que estén obligados por el contrato. Ambas empresas podrán también asociarse con otras empresas para concursar licitaciones.

 

Como se había precisado en la reforma energética aprobada en diciembre pasado, el Estado es propietario “directo, inalienable e imprescriptible” de todos los hidrocarburos que se encuentran en el subsuelo del territorio nacional, incluida la plataforma continental y en el mar territorial, así como en los yacimientos transfronterizos.