Los vacíos legales en el Código Federal de Procedimientos Electorales (Cofipe) y la Constitución acerca de los alcances de la propaganda personalizada de los gobernantes salvaron a Manuel Velasco Coello, mandatario de Chiapas, de que se le iniciará una investigación por un presunto gasto excesivo en publicidad. 

 

Consejeros del IFE como María Marván aseguraron que “todos” los actores políticos aprovechan la falta de una reglamentación para el uso indiscriminado de recursos públicos en publicidad. “No se restringe a la conducta y los hechos del gobernador de Chiapas. Desgraciada y tristemente, otros partidos, otros servidores públicos elegidos por el voto público han hecho en mayor o menor medida lo mismo”.

 

En el caso de Velasco, por ejemplo, el IFE es incapaz de investigar porque el artículo 228 del Cofipe señala que sólo podrá intervenir a fondo cuando se afecte un proceso electoral federal o se haga mal uso de los tiempos de radio y televisión otorgados por el Estado.

 

Partidos como el PRD consideraron que el Instituto tendría que haber investigado al mandatario chiapaneco debido a que la publicidad fue difundida fuera de su estado, con anuncios en cientos de salas de cine de todo el país y en el transporte público del Distrito Federal, entre otros espacios.

 

El órgano electoral se declaró incompetente debido a que el artículo 134 de la Constitución, que habla sobre la imparcialidad en el gasto público, no cuenta con un artículo transitorio que mandate a las autoridades federales en materia de investigar los gastos de publicidad.

 

De acuerdo con el Cofipe, “para los efectos de lo dispuesto por el párrafo séptimo del artículo 134 de la Constitución, el informe anual de labores o gestión de los servidores públicos, así como los mensajes que para darlos a conocer se difundan en los medios de comunicación social, no serán considerados como propaganda”.

 

A su vez el artículo 134 de la Constitución señala: “la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social.

 

El mandato constitucional abunda: “en ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.

 

En el caso de Manuel Velasco, los consejeros realizaron la interpretación jurídica y concluyeron que están incapacitados para investigarlos porque la publicidad en cines y transporte público de otros estados no afecta directamente a la realización de procesos electorales federales.

 

Y en el caso de la promoción personalizada, el rostro del gobernador chiapaneco apareció en la portada de una revista de corte político, la cual fue reproducida en cientos de camiones del Distrito Federal y paradas de autobuses.

 

Sin embargo, según los preceptos legales,  al ser una entrevista realizada por un medio de comunicación con fines periodísticos, se queda fuera de la injerencia del IFE, debido a que no se afectan a los tiempos oficiales del Estado.

 

Publicidad gratis

 

Los representantes ante el IFE del Partido Verde, en el cual milita Velasco, señalaron que la aparición en cientos de salas de cine del país y en una revista de corte político fue gratis, por lo cual, no se puede considerar publicidad.

 

“No se gastó un recurso público para ninguna promoción personalizada del gobernador Manuel Velasco”, manifestó el diputado Ricardo Astudillo sobre las denuncias del gasto excesivo del gobernador chiapaneco, el cual quedará sin investigar.