Con una mayoría absoluta, el Senado de la República aprobó en lo general la reforma sobre la deuda de estados y municipios por el que se faculta a este órgano legislativo para aprobar o, en su caso, objetar las estrategias de ajuste de finanzas públicas de los estados que registren niveles elevados de deuda.

 

Con 100 votos a favor, ocho en contra y tres abstenciones, avanzaron las reformas que se conformaron por siete iniciativas presentadas al respecto.

 

Con esta legislación, misma que ahora pasará a la Cámara de Diputados, los gobiernos no podrán contratar financiamiento seis meses antes de dejar sus cargos. De igual manera, se tendrán una serie de candados a nivel local y federal para evitar que presidentes municipales y gobernadores “hereden” compromisos a las nuevas administraciones.

 

Tras la votación, los senadores perredistas Mario Delgado, Fidel Demédecis y Benjamín Robles, así como la panista Laura Rojas se reservaron los artículos 73, 76 y 79, los cuales fueron rechazados para modificar, así como el 117, y el segundo, quinto y séptimo transitorios.

 

Las modificaciones aprobadas establecen que los estados y municipios podrán contraer créditos sólo cuando se destinen a inversiones públicas productivas y a su refinanciamiento o restructura, las cuales se realizarán bajo las condiciones del mercado, por lo cual prohíbe que se destinen para cubrir el gasto corriente.

 

Obliga a los estados, municipios y al Gobierno del Distrito Federal a establecer los límites y modalidades bajo las cuales pueden acudir a empréstitos y las obligaciones de pago que contraigan.

 

Además están obligados a inscribir y publicar la totalidad de los créditos de manera oportuna y transparente, establecer un sistema de alertas sobre el manejo de la deuda y sanciones aplicables a los servidores públicos que no cumplan las disposiciones, entre otros puntos.

 

El senador Raúl Cervantes Andrade, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, apuntó que se facultó al Congreso para que a través de una ley general se homologue a todas las entidades federativas en el tema de la deuda en municipios.

 

Por el PRD, el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, senador Alejandro Encinas Rodríguez, subrayó que se incorporaron principios constitucionales fundamentales  en materia de estabilidad de las finanzas públicas y del sistema financiero, que van a permitir condiciones favorables para el crecimiento económico y el empleo, garantizando un ejercicio más eficiente y transparente de los recursos públicos.

 

Por su parte, el senador priista David Penchyna Grub hizo notar que con esta reforma se avanzó en la búsqueda de una solución en el endeudamiento estatal “sin rebasar una línea muy delgada, que es la tentación de violar la soberanía que en la materia tienen los estados y municipios”.

 

…Pero diputados la rechazarán

 

La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados acordó no discutir la minuta que le envíe el Senado en materia de deuda de los estados, al considerar que se vulneran las facultades de la Cámara Baja.

 

Esto, luego de que un análisis jurídico realizado por la Cámara de Diputados determinó que el Senado no puede ser la Cámara de origen para dicha reforma, debido a que esto correspondería a los diputados, según lo establecido en la Constitución.

 

El secretario general de la Cámara, Mauricio Farah, remitió a la mesa directiva el acuerdo tomado ayer por los coordinadores parlamentarios, a fin de que se elabore la respuesta al Senado sobre el asunto.

 

“Los coordinadores parlamentarios coincidieron y observaron que dentro del ámbito de las competencias del Senado no se encuentra la de ser Cámara de origen en materia de empréstitos.

 

“En consecuencia, se acordó que si el citado tema es aprobado en el Senado y remitida la minuta, se solicite a la mesa directiva que no sea recibida y turnada a Comisión, para lo cual se instruyó a la Secretaría de Servicios Parlamentarios y a la Dirección General de Asuntos Jurídicos preparar un proyecto de respuesta que considere lo expresado”, cita el documento enviado por Farah a la mesa directiva presidida por el priista Francisco Arroyo.

 

En el documento se explica que previamente se estableció comunicación con áreas técnicas del Senado sobre la facultad conferida a la Cámara de Diputados en el Artículo 72 de la Constitución, inciso H. Dicho artículo señala que la Cámara de Diputados debe ser la iniciadora en la presentación de iniciativas de ley o decretos en materia de empréstitos, contribuciones y reclutamiento de tropas.

 

El Senado respondió a los diputados que el dictamen de reforma constitucional para regular las deudas de los estados estaba de primera lectura desde el jueves y que se esperaba su discusión este martes 16 de abril.

 

Por tanto, se expuso que el tema ya estaba listo para su discusión en el Pleno y no cabía la posibilidad de la discusión en conferencia entre las dos cámaras.

 

El precedente

 

En noviembre de 2002, la Suprema Corte de Justicia de México falló contra un impuesto suntuario de cinco por ciento que se aplicó a bienes y servicios de lujo, aunque la decisión sólo beneficiará a quienes solicitaron amparo judicial contra el gravamen.

La Suprema Corte consideró inconstitucional el impuesto al establecer que pasó por un proceso legislativo erróneo al momento de su aprobación, que había ocurrido casi un año antes. El gravamen fue creado por el Senado, que carece de facultades para elaborar leyes relacionadas con contribuciones fiscales, y aprobado por el Congreso en las últimas horas del 31 de diciembre del 2001.

En esa ocasión, la Corte consideró que el Senado violó el artículo 72 de la Constitución —el mismo al que ahora hace mención la Cámara de Diputados— debido a que la Carta Magna ordena que la legislación en materia de contribuciones siempre sea discutida primero en la Cámara de Diputados.