Los comicios para elegir gobernador en Coahuila, cuyo ganador fue Miguel Ángel Riquelme, del PRI, cumplen con la mayoría de causales de nulidad de elecciones, vigentes desde la reforma política de 2014.

 

Un análisis del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) señala que, aunado a las valoraciones de los magistrados en cada caso específico, declarar la nulidad de una elección no sólo depende del rebase de topes de gastos de campaña, sino de otros factores.

 

“Existe nuevo sistema de nulidades de las elecciones federales o locales por violaciones graves, dolosas o determinantes cuando se actualizan diversos supuestos, uno de ellos es el exceso de gasto de campaña por 5% del monto autorizado”, señala el documento.

 

Por su parte, el ex consejero del Instituto Nacional Electoral (INE), Javier Santiago Castillo, afirmó que las causales de nulidad son dos fundamentalmente y “rebasarse 5% o menos y la diferencia entre el primer y segundo lugar también debe ser menor a 5%; son los dos requisitos”.

 

En una entrevista con 24 HORAS, vaticinó que el asunto de Coahuila será resuelto por el TEPJF, porque “el Tribunal juzgará si eso es determinante, si los dos candidatos rebasaron los topes de gastos de campaña, se tendrá que decidir si fue determinante para el resultado de la elección o no”.

 

Abundó que son “los magistrados los que van a decidir, porque lo que hace el INE es determinar el rebase de topes de gastos de campaña y el Tribunal establece si se anula la elección o no, con el análisis de todos los elementos”.

 

Causales

 

En el caso de Coahuila, donde un informe preliminar el INE señala que Riquelme gastó 31% más de lo autorizado, se cumple la causal de nulidad del rebase de 5%.

 

El documento del TEPJF, que analiza el sistema de nulidades, considera como otra causal la compra de tiempos de radio y televisión fuera de la ley.

 

Riquelme, según el informe preliminar de la Unidad Técnica de Fiscalización, compró anuncios por 7.1 millones de pesos fuera de los tiempos asignados por el INE, con ello, se cumple, la segunda causal de nulidad.

 

El priista obtuvo el triunfo sobre el panista Guillermo Anaya con diferencia de 2.1% de la votación, es decir, se configura la tercera causal, que es una diferencia menor a 5%.

 

Caso contrario es la elección de gobernador de Nayarit, donde sólo se cumple el rebase de topes de gastos de campaña, pero no la diferencia de resultados electorales ni la compra de spots.

 

aarl