Se presentó el primer amparo y acción de inconstitucionalidad ante dicha ley, lo cual no quiere decir que va a ser el único amparo que se presente señaló Claudia Menes Salinas  

A 21 días de que fuera publicada la Ley General de Remuneraciones de los Servidores Públicos, la cual entrará en vigor a partir del ejercicio fiscal de 2019, se presentó el primer amparo y acción de inconstitucionalidad ante dicha ley, lo cual no quiere decir que va a ser el único amparo que se presente señaló Claudia Menes Salinas, profesora en Derecho Constitucional por la Faculta de Estudios Superiores (FES) Aragón de la UNAM.

“En el juicio de amparo se está combatiendo un acto de autoridad que proviene del Congreso de la Unión, que sería básicamente el poder Legislativo.

La ley prevé que para todos los actos que emiten las autoridades algunos lineamientos que se tiene que cubrir y si no se da esa legalidad en el procedimiento podría afectar el derecho humano de algún gobernado”, explicó la especialistas en derecho Constitucional en una entrevista con 24 HORAS.

En lo que respecta a la acción de inconstitucionalidad, la académica de la UNAM dijo que esta es contra el procedimiento legislativo o el Congreso de la Unión, por lo tanto, esto podría conllevar a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tenga que revisar la legalidad de la publicación de la norma, como pasó con en la Ley de Seguridad Interior, sería el mismo proceso. La corte tendrá que revisar que no haya vulneración a los Derechos Humanos de las personas a las que va dirigida la norma, que en este caso serían los trabajadores al servicio del Estado.

“Aquí hay dos visiones, la legal y la política, en lo que respecta a la primera lo que está pasando con tratar de vulnerar los derechos de los trabajadores que ya tienen adquiridos es obviamente una violación clara no solamente a una ley sino a una serie de leyes. Desde la perspectiva política está cumpliendo con promesas de campaña”, aseveró.

El 22 de noviembre, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), encabezada por Luis Raúl González, presentó ante la SCJN una acción de inconstitucionalidad, con el número de expediente 105/2018, y en ella se solicitan a los ministros declare invalidez los artículos 5, 6, 7, 8, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 de la Ley anteriormente citada XXX. La cual fue turnada la ministro Alberto Pérez Dayán, quien determinará en los próximos días su admisión y de ser así se analizará si es constitucional.

En tanto, el Juzgado Décimo de Distrito, residente en Mazatlán, Sinaloa, el 15 de noviembre, concedió una suspensión provisional a favor de la magistrada del Tribunal Colegiado del Decimosegundo Circuito, Sonia Rojas Castro. Según el expediente 747/2018, el fallo del juez Ramón Solano ordena que no le sean aplicados a la magistrada los artículos tildados de inconstitucionales mientras se resuelve la suspensión definitiva de los actos reclamados.

El juez citó a una audiencia el 27 de noviembre, en el que se puede definir si se concede la suspensión definitiva o se desecha el amparo.
Frase: Se tienen las herramientas legales para combatir esos actos de autoridad, pero ojalá no lleguemos a esas instancias donde se estén confrontando los poderes de la Unión: Claudia Menes Salinas.

LEG