A punto de cumplirse dos años del amparo que otorgó la Suprema Corte de Justicia de la Nación a favor de Ricardo Adair Coronel Robles, joven con discapacidad intelectual, aún no hay un pronunciamiento al respecto por parte del juez del Tribunal capitalino que lleva el caso.
Sin embargo esta historia que no ha visto buen fin podría cambiar en breve, pues en días anteriores la SCJN admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad que presentó la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en la que demandó la invalidez de diversos artículos de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista.
El pasado 4 de junio, el ministro Alberto Pérez Dayán aceptó estudiar la acción 33/2015 y emplazó al Congreso de la Unión, así como al Poder Ejecutivo Federal para que rindan su informe dentro de 15 días hábiles.
En su demanda, la CNDH plantea que diversos artículos de la referida ley son inconstitucionales porque transgreden derechos de las personas con la condición del espectro autista, como son protección a la salud, a la libertad de profesión u oficio, al trabajo digno y socialmente útil, a la igualdad ante la ley, a la no discriminación, a la personalidad y capacidad jurídica, a la autonomía de las personas con discapacidad y los principios de universalidad y pro persona.
Asimismo, requirió al Congreso de la Unión envié copia certificada de los antecedentes legislativos de la norma impugnada, y dar vista a la Procuraduría General de la República para que antes del cierre de instrucción formule el pedimento que le corresponde.
Como se recordará, Ricardo Adair Coronel llevó su juicio hasta la Suprema Corte quien falló a su favor en octubre de 2013; durante el tiempo trascurrido su caso fue puesto como ejemplo por el Gobierno Federal ante la Organización de las Naciones Unidas como una muestra de la impartición de justicia a favor de los grupos vulnerables en México.
Inclusive, el joven dio un mensaje ante el Comité de la ONU en Ginebra, Suiza, sobre su proceso judicial al buscar su autonomía a través de juicios legales.
Sin embargo, a 20 meses del pronunciamiento de la Corte a favor de Ricardo Adair, el Juez 35 de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia del DF, Fernando Bárcenas Vázquez, no ha cumplido con la determinación del Máximo Tribunal para dictar una sentencia.
El abogado Andrés Aguinaco Gómez-Mont, reconoció que han dejado pasar el tiempo como una estrategia legal para dejar en evidencia los vicios del sistema, y que el dictamen de la SCJN no se ha cumplido, pues el juez del fuero común sigue recabando dictámenes periciales para cumplir con los tecnicismos.
El abogado explicó que aunque el dictamen de la Corte es innovador, ha quedado demostrado que la infraestructura judicial de las autoridades que deben ejecutar la orden no están a la altura de dicho precepto, pues en la práctica hay diversas trabas legales que impiden que se dé un pronunciamiento definitivo.
Dijo que ninguna autoridad médico-psiquiátrica ha querido realizar el análisis pericial, como lo exige el juez el Juez 35 de lo Familiar del TSJDF, pues se siguen aplicando los criterios tradicionales con base a los fundamentos de la medicina, psiquiatría y psicología, que no están de acuerdo con la novedad del criterio de la SCJN sobre el caso.
El “estado de interdicción”, que es en el que está declarado Coronel Robles, es cuando una persona es declarada judicialmente incapaz por carecer de aptitudes generales para gobernarse, cuidarse, y administrar sus bienes, por lo que debe ser sometido a la guarda de un tutor.
Sin embargo, en aquellos casos en que las personas con síndrome de insuficiencia intelectual o Asperger apelen a ser sujetos de derecho quedará a discreción de los jueces familiares si se les permite o no ejercer sus facultades como individuos autónomos.