La Comisión de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias del Congreso capitalino aprobó un dictamen a cuatro iniciativas
Foto: Congreso Entre las iniciativas presentadas se propuso una comisión del medio ambiente y la obligatoriedad de la paridad de género.  

La Comisión de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias del Congreso capitalino aprobó un dictamen a cuatro iniciativas con modificaciones al Reglamento de este órgano para establecer la competencia de las comisiones para la celebración de parlamentos y el otorgamiento de medallas.

Por lo que se establece la “obligatoriedad de atender criterios de igualdad y paridad de género para el otorgamiento de medallas”, así como el empleo del lenguaje incluyente en el otorgamiento de la Medalla al Mérito Turístico, a fin de que se denomine Embajadora o Embajador Turístico de la Ciudad de México, señaló el diputado Jorge Gaviño.

Se actualizó la mención de la Comisión de Fomento Económico, por su denominación actual de Comisión de Desarrollo Económico; y de la Comisión de Atención de Grupos Prioritarios y Vulnerables, por Comisión de Bienestar Social y Exigibilidad de Derechos Sociales.

Asimismo, se clarifica la denominación de la Comisión de Igualdad de Género y se precisa que es la única responsable del otorgamiento de la Medalla Hermila Galindo; y se cambia la denominación de Comisión Especial para el Ejercicio Periodístico a la Comisión de Protección a Periodistas.

Además, se fijan las competencias de la Comisión de Juventud para la realización del Parlamento de las Personas Jóvenes; y de la Comisión del Deporte, como responsable del otorgamiento de la Medalla al Mérito Deportivo.

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Como parte de la agenda, se propuso eliminar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública como responsable de la convocatoria, procedimiento y entrega de la Medalla al Mérito Empresarial y ahora sólo la Comisión de Desarrollo Económico será responsable.

Se aprobó la iniciativa para reformar el artículo 58 fracciones V, VI y adicionar la fracción VII; reformar el artículo 59 fracciones V, VI y adicionar la fracción VII del Reglamento del Congreso local, en materia de parlamentos en materia ambiental.