Foto: Archivo Cuartoscuro / Esta pena aumentará hasta 15 años de prisión, cuando las víctimas u ofendidos sean niñas, niños, adolescentes, mujeres o que la información corresponda a cadáveres  

El Senado de la República aprobó ayer incrementar penas a quienes difundan imágenes o videos de víctimas de violencia o cadáveres; también aumentó las agravantes de diversos delitos cuando se trate de mujeres embarazadas.

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Por unanimidad, los senadores aprobaron diversos dictámenes, entre ellos, reformas al Código Penal Federal, para castigar hasta con diez años de prisión a quien difunda, entregue, videograbe, fotografíe, filme, reproduzca, copie o comparta imágenes, vídeos, indicios y hallazgos, evidencias; que obren en una carpeta de investigación, en un proceso penal.

Esta pena aumentará hasta 15 años de prisión, cuando las víctimas u ofendidos sean niñas, niños, adolescentes, mujeres o que la información corresponda a cadáveres.

El dictamen también estipula una sanción a quien reproduzca esta conducta tratándose de evidencias, objetos e instrumentos que obren en una carpeta de investigación o en un proceso penal que por disposición de la ley sea reservada o confidencial.

Los senadores también aprobaron pena de hasta 30 años de prisión a quien cometa el delito de violación por medio de la violencia física o moral y cuya víctima sea una mujer embarazada.

Las penas en los delitos de lenocidio, intimidación, abuso sexual, violación, amenazas, lesiones, lesiones graves y lesiones de peligro de vida, cuando las víctimas se encuentren en estado de gravidez, también serán elevadas.

Y con el fin de eliminar todas las formas de discriminación, el Senado de la República aprobó penas de hasta 7.5 años de prisión a quienes cometan conductas racistas. Incluidas aquellas que se realicen por medios cibernéticos o medios de comunicación.

Señala que las personas que inciten, difundan, publiquen, propaguen, transmitan, justifiquen o fomenten de manera directa o indirecta “ideas o teorías basadas en la superioridad de una raza, de guerra, de apología al odio nacional, o de un grupo de personas de un determinado color u origen étnico”, serán sancionadas hasta con cinco años de prisión; no obstante, si se trata de servidores públicos, la pena se eleva hasta 7.5 años.

LEG