Foto: TEPJF | Avala TEPJF giras de corcholatas
Foto: TEPJF | Avala TEPJF giras de corcholatas  

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que las llamadas corcholatas de Morena pueden continuar con sus asambleas públicas y giras por el interior del país.

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En sesión privada, por cuatro votos, los magistrados avalaron el acuerdo del Consejo Nacional de Morena para la elección del Coordinador Nacional de los Comités en Defensa de la Transformación, al cual se inscribieron Claudia Sheinbaum, Marcelo Ebrard, Adán Augusto López, Manuel Velasco y Gerardo Fernández Noroña.

El Partido de la Revolución Democrática (PRD), Jorge Álvarez Máynez, Salomón Chertorivski Woldenberg y Kenia López Rabadán denunciaron la realización de actos anticipados de precampaña y campaña de las corcholatas, al señalar que se adelantaron el proceso de selección de su candidato a la Presidencia de la República.

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Sin embargo, la Comisión de Quejas del INE consideró que no puede detener el proceso y los plazos para la selección de la Coordinación Nacional de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación 2024-2030, pues se trata de un proceso autoorganizativo del partido.

El organismo electoral advirtió que las acciones del partido y las personas participantes en el proceso denunciado podrían vulnerar la equidad en la contienda, por lo tanto los vinculó a respetar los principios de legalidad y equidad frente a la renovación de la Presidencia de la República.

El INE pidió a los aspirantes morenistas que “no soliciten el voto a favor o en contra de alguna persona, no presenten propuestas o plataformas electorales, ni utilicen los tiempos de Morena en radio y televisión”.

Además, fueron conminados a proporcionar un calendario de actividades y llevar un control de los recursos que utilicen para que, en su momento, los informen como gasto ordinario.

Kenia López Rabadán, Jorge Álvarez Máynez y Salomón Chertorivski Woldenberg impugnaron esa decisión ante la Sala Superior, alegando que las medidas adoptadas por el INE son insuficientes para salvaguardar la equidad del próximo proceso electoral.

Al respecto, la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso propuso confirmar la determinación de la Comisión de Quejas del INE porque, de manera preliminar, no advirtió un riesgo que justifique la suspensión del proceso para elegir al coordinador nacional de la Defensa de la Transformación, al no tratarse de un proceso para elegir a una precandidatura o candidatura, sino de una determinación partidista.

El magistrado Alfredo Fuentes estimó que no es posible suspender un proceso partidista y su legalidad o ilegalidad debe determinarse al resolver el fondo del procedimiento sancionador.

En virtud de un estudio preliminar, se advierte que la convocatoria impugnada solo regula aspectos del procedimiento partidista, sin que existan actos concretos sobre los cuales pueda analizarse la imposición de medidas cautelares.

A su vez, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, la magistrada Janine M. Otálora Malassis y el presidente Reyes Rodríguez Mondragón estuvieron en contra de la propuesta.

Otálora Malassis consideró que se debería suspender el proceso porque se trata de una simulación para evadir la ley, lo cual vulnera la equidad en la contienda, impide una fiscalización adecuada y atenta contra la integridad del proceso electoral.

El magistrado presidente, por su parte, estimó que no sería válido suspender el proceso al ser un mecanismo de autoorganización partidista, pero que sí podría vulnerar la equidad de la contienda debido a que no hay normas que lo regulen.

Aseveró que se debía ordenar al Consejo General del INE que emitiera lineamientos para regular y fiscalizar, de forma preventiva, el proceso denunciado y aquellos similares, incluyendo la posibilidad de contabilizar los gastos para el tope de gastos de precampaña.

La Sala Superior determinó, por mayoría y con tres votos en contra, confirmar el acuerdo impugnado; es decir, que no se suspenda el proceso interno de Morena.

PGR